¿Qué pasaría si se anula una elección por intervención extranjera? Esto dice la reforma que podría aplicarse en 2030

Un proyecto de Ricardo Monreal busca dotar al sistema de justicia electoral con un "mecanismo punitivo y restitutorio" para estos casos.

Ricardo Monreal aseguró que la reforma busca defender la democracia y la soberanía de México | Foto: Cuartoscuro
Ciudad de México /

La madrugada del 29 de mayo, el Senado de la República aprobó una reforma constitucional para que la intervención o injerencia extranjera sea considerada como una nueva causal para anular elecciones.

Avalado con 85 votos a favor en la Cámara Alta, el proyecto agrega un inciso a la base VI del artículo 41 constitucional, relacionado con los principios de legalidad de los procesos electorales a nivel local y federal.

En su redacción vigente, el artículo considera como causales de nulidad los gastos excesivos de campaña, la compra de cobertura informativa fuera del período permitido y el uso de recursos de procedencia ilícita, pero no hace referencia a actos de intervención extranjera que pudieran influir en los resultados de una elección.

La enmienda al artículo 41 constitucional fue previamente aprobada en la Cámara de Diputados, órgano en el que Ricardo Monreal presentó una iniciativa complementaria para reformar la Ley General de Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Aunque el propio Monreal pidió que su proyecto fuera retirado del orden del día para tener un "período de mayor reflexión que permita profundizar en el estudio del dictamen", la iniciativa disponible para consulta pública profundiza en los escenarios que podrían acreditar una intervención extranjera en las elecciones y explica qué pasaría en caso de que un proceso resulte inválido por este motivo.

¿Qué dice la iniciativa presentada por Ricardo Monreal?

Al considerar que la ausencia de mecanismos específicos para "sancionar la intromisión extranjera con la nulidad de la elección" representa un riesgo para la democracia, Monreal Ávila propuso reformar los artículos 75 y 78 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Las reformas buscan que la intervención extranjera se considere como una violación grave a los procesos electorales l Archivo.

Con la modificación a un inciso del artículo 75, el proyecto pretende que la intervención extranjera sea reconocida como una irregularidad grave que, al ser acreditada, pondría en duda la certeza y autenticidad de la votación.

Asimismo, la adición del artículo 78 Ter detalla que las conductas consideradas como intervención pueden ser perpetradas por "gobiernos extranjeros, organismos internacionales, entidades privadas extranjeras, personas físicas o morales extranjeras, o cualquier otro ente con origen fuera del territorio nacional".

¿Qué casos se considerarían como intervención extranjera en una elección?

Acorde con la iniciativa, se consideran actos lesivos para la soberanía nacional las conductas de injerencia extranjera en procesos electorales, como:

  • Financiamiento ilícito
  • Propaganda o difusión sistemática de desinformación
  • Favorecimiento o perjuicio a candidaturas, partidos o autoridades por parte de agentes extranjeros
  • Actos de presión política, económica, diplomática o mediática
  • Vulneración del territorio nacional por tierra, agua o espacio aéreo con fines de presión o intimidación

¿Qué pasaría si se anula una elección por injerencia extranjera?

En la redacción de su proyecto, Ricardo Monreal explicó que la nulidad de la elección sólo podrá declararse cuando las violaciones acreditadas "resulten determinantes para el desarrollo del proceso electoral o para el resultado de la elección correspondiente".

Con este proyecto, según el diputado morenista, se dota al sistema de justicia electoral con un "mecanismo punitivo y restitutorio". En este sentido, si el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resuelve la invalidez de una elección por este supuesto, se deberá convocar a una elección extraordinaria.

Además, la reforma pretende que "la persona o partido político que haya resultado beneficiado por la intervención sancionada quedará impedido para participar en los comicios subsecuentes".

Luego de que su proyecto fuera retirado de la orden del día por petición propia, Ricardo Monreal advirtió que las reformas a la ley en materia electoral podrían aprobarse en el próximo periodo ordinario de sesiones, en septiembre de 2026, pero no serían aplicables para las elecciones de 2027.

"El efecto jurídico es que no se aplicará para el proceso electoral 2027, sino se aplicaría hasta la elección presidencial de 2030", precisó Monreal en el Palacio de San Lázaro.


BM.

  • Baruc Mayen
  • Editor digital en la Unidad de Crecimiento de Milenio. Especialista en investigaciones a profundidad sobre derechos humanos, violencia y seguridad. Comunicólogo egresado de la FCPyS de la UNAM y apasionado de la fotografía.

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