¿Qué sigue tras la renuncia del ministro Arturo Zaldívar?

El ministro Zaldívar envió una carta a López Obrador explicando las razones de su renuncia a la SCJN; de aprobarse, quedará en manos del Senado.

El ministro Arturo Zaldívar presentó su renuncia a la SCJN | Cuartoscuro
Alejandra Sigala
Ciudad de México /

La renuncia del ministro Arturo Zaldívar sacudió el círculo político al ser la segunda dimisión en la historia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como en el sexenio de Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

Y aunque las salidas en el máximo tribunal de justicia resultan de inusual naturaleza, éstas no son desconocidas para la Constitución Política, cuyos artículos 96 y 98 estipulan los procedimientos a seguir toda vez que uno de los 11 miembros de la Sala Superior decidan dejar sus cargos.

Así lo citó el propio Zaldívar en la carta que hizo llegar a López Obrador y la cual divulgó en la tarde de este 7 de noviembre: “Con fundamento en el artículo 98 (...), le solicito respetuosamente acepte mi renuncia al cargo (...) para que, en su caso, se sirva turnarla al Senado de la República para su aprobación”.

La dimisión de Arturo Zaldívar detona una serie de procesos que involucran al Legislativo y al Ejecutivo Federal, tanto para la aprobación de la solicitud, como para la elección de quien reemplazará al que en 2019 fue elegido como presidente de la Suprema Corte.

Sin embargo, el tercer párrafo del artículo 98 de la Carta Magna destaca que la renuncia de una o un ministro de la SCJN procederá únicamente por causas graves— aunque no especifica las circunstancias que se considerarán como tal. Bajo ese sentido, el Ejecutivo será la primera autoridad que determinará la procedencia de la solicitud.

De ser aceptada, el caso se turnará al Senado para su aprobación. Cabe recordar que en 2019, la Cámara Alta abrió discusión por las razones que llevaron a Eduardo Medina Mora a ser el primer ministro en desistir de su cargo en la SCJN; esto, debido a que el ahora ex magistrado no las dio a conocer en su oficio.

Eduardo Medina Mora fue el primer ministro en renunciar a la SCJN. (Cuartoscuro)

Pese al debate por la incertidumbre de Medina, las y los legisladores aprobaron su solicitud con 111 votos a favor, tres en contra y 5 abstenciones. Aún así, hubo opiniones que abogaban por una explicación tanto del Ejecutivo, como del interesado.

Así pues, y como un deja vú de la política, López Obrador evaluará la renuncia de Arturo Zaldívar y, de aprobar su petición, deberá turnarla a la Cámara Alta para su discusión.

A diferencia de Medina Mora, el aún ministro aclaró que su salida obedece a un interés por “aportar a la consolidación de un mejor país” desde espacios “que brinden la oportunidad de tener incidencia en la construcción de un país más justo y más igualitario”. Asimismo, aunó que su ciclo en la Corte cerró al considerar que sus aportaciones “se han vuelto marginales”.

Estos argumentos serán puestos a consideración de las y los senadores a fin de votar por la aprobación o rechazo de la solicitud. De recibir ‘luz verde’, el Senado y el Ejecutivo deberán acatar lo estipulado en el artículo 96 de la Constitución para la elección del eventual reemplazo de Zaldívar Lelo de Larrea.

¿Quién sustituirá a Zaldívar?

Lo dispuesto en el artículo 96 de la Carta Magna, respecto al nombramiento de ministros de la SCJN, indica que el Presidente de la República enviará y someterá una terna de candidatos a la Cámara de Senadores.

Para ello, las personas propuestas deberán comparecer ante la Cámara Alta antes del proceso de elección y se necesitará el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes para avalar la designación, en un plazo improrrogable de 30 días.

El Presidente de la República estará facultado para designar a la o el ministro suplente si el Senado no logra consolidar el nombramiento dentro del periodo designado. Sin embargo, si se rechaza la totalidad de la terna, el mandatario tendría que enviar una segunda para someterla al escrutinio en los mismos términos.

De ser rechazada la segunda terna, "ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna designe el Jefe del Ejecutivo Federal".

La renuncia de Arturo Zaldívar quedará a consideración del Ejecutivo y el Legislativo | Jorge González

La SCJN se encuentra a la espera de que López Obrador y el Senado emitan algún comunicado por la renuncia de Arturo Zaldívar, no sin antes destacar que las dimisiones proceden únicamente por causas graves.

Por otra parte, y en medio de los rumores por su probable anexión a la autodenominada Cuarta Transformación (4T), Claudia Sheinbaum informó que en una reunión con el ministro acordó “trabajar juntos para avanzar en la transformación del país”.

No obstante, la Constitución prohíbe a Zaldívar desempeñarse en cargos de la Federación, de las entidades federativas o de particulares, “salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia”, según el artículo 101.

En tanto, el artículo 95 indica que, si fuera el caso, el ministro deberá esperar dos años después de su retiro para poder ejercer como Secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal o titular del Ejecutivo Estatal.

ASG

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