Tras la solicitud de licencia del gobernador del estado, el Congreso de Sinaloa activó el procedimiento constitucional para designar a un gobernador interino, con el objetivo de garantizar la continuidad institucional y evitar cualquier vacío de poder.
Por los tiempos políticos, no se contempla la convocatoria a una elección extraordinaria, ya que en 2027 se renovará la gubernatura, es decir, el relevo se definirá desde el Poder Legislativo.
¿Quién podría ser el nuevo gobernador de Sinaloa?
En este escenario, comienzan a perfilarse nombres dentro del tablero político: Feliciano Castro Meléndez, actual secretario general de Gobierno; la senadora Imelda Castro Castro; y Graciela Domínguez Nava, figuras con presencia y operación dentro del grupo en el poder y que ya se mencionan rumbo a la contienda de 2027.
La decisión final recaerá en el Congreso del Estado, que deberá elegir al perfil que encabece el Ejecutivo en esta nueva etapa.
Esto ocurre después de que Rubén Rocha Moya solicitó licencia temporal al cargo tras el inicio de una investigación por parte de la Fiscalía General de la República (FGR), derivada de señalamientos en su contra.
En un mensaje dirigido a la ciudadanía, el mandatario aseguró que las acusaciones son “falsas y dolosas”, y afirmó que su trayectoria pública respalda su actuar.
Sostuvo que enfrentará el proceso conforme a derecho y en los tiempos que establezcan las autoridades.
"Informo al pueblo de Sinaloa que hoy presenté ante el Congreso del Estado la solicitud de licencia temporal al cargo de gobernador, mientras dure el proceso de investigación, y lo hago desde mi profunda convicción republicana. Lo anterior también lo hago con la finalidad de facilitar la actuación de las autoridades mexicanas en el proceso de investigación ya citado", declaró Rocha.
Rocha Moya explicó que su decisión busca facilitar las indagatorias y permitir que las instituciones de justicia actúen sin ningún tipo de presión o interferencia desde el Poder Ejecutivo estatal.
¿Qué pasará mientras eligen al nuevo gobernador?
De acuerdo con la norma, la solicitud para nombrar a un nuevo gobernador debe ser turnada al Congreso del Estado de Sinaloa, instancia encargada de analizarla y votar su aprobación. A partir de esa resolución, el mecanismo de sustitución depende del tiempo que dure la ausencia.
Si la licencia es temporal y no excede los 30 días, el artículo 58 establece que el secretario general de Gobierno asumirá como encargado del despacho, sin necesidad de una designación adicional.
En caso de que la separación supere ese plazo, el Congreso deberá nombrar, por mayoría absoluta de los diputados presentes, a un gobernador interino que ejerza las funciones del Ejecutivo durante el periodo correspondiente.
La Constitución también contempla el escenario de falta absoluta —por renuncia definitiva, fallecimiento, destitución o incapacidad permanente—, en cuyo caso el Congreso se constituye en Colegio Electoral para designar a un gobernador interino o sustituto, conforme al artículo 59.
La solicitud presentada por el mandatario estatal deberá ser discutida en sesión del Congreso, donde se definirá tanto la procedencia de la licencia como el mecanismo de relevo en el gobierno de Sinaloa.
EHR