Un tribunal federal rechazó una resolución que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) emitió en septiembre de 2018 en la que ordenaba a Agroasemex divulgar los montos de los recursos que se depositaron para fondear las pensiones vitalicias de los ex trabajadores de Luz y Fuerza del Centro y las fechas en que se dispersaron tales recursos económicos.
Las pensiones vitalicias comenzaron a pagarse desde julio de 2014 hasta mayo de 2018 y benefician a 974 ex trabajadores de la compañía, mediante la suscripción de dos pólizas con el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), con una prima total por más de cuatro mil 554 millones de pesos, de acuerdo con documentos consultados por el INAI.
El 6 de diciembre de 2019, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito confirmó la sentencia que previamente había emitido el Juzgado Décimo Cuarto de Distrito, el cual había resuelto amparar al Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) inconforme con la resolución del INAI.
Según el acuerdo del INAI, consultado por MILENIO, mediante el que se da cumplimiento a la sentencia, el INAI deberá dejar insubsistente todo lo relacionado en el recurso de revisión RRA 4039/18 y reponer el procedimiento en el que deberá llamar al sindicato como tercero interesado para que alegue lo que a su derecho convenga.
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La resolución del INAI había revocado la respuesta que originalmente dio Agroasemex al ciudadano que requirió la información sobre los montos y fecha de dispersión de los recursos destinados a la pensión vitalicia de los ex trabajadores de Luz y Fuerza del Centro.
La solicitud fue presentada por el ciudadano el 6 de junio de 2018 y la respuesta que entregó Agroasemex fue que desde el año 2017 a junio de 2018 no se había realizado ningún depósito con ese fin.
El ciudadano inconforme presentó un recurso de revisión ante el INAI en el que reclamó que la respuesta de Agroasemex no lo satisfacía.
En el análisis del recurso de revisión, el INAI determinó que la respuesta del sujeto obligado había considerado un criterio erróneo, pues Agroasemex sólo hizo una búsqueda sobre los depósitos realizados en el año anterior previo a la solicitud y no se fue más hacia atrás, por lo que el instituto consideró fundado el reclamo del solicitante y revocó la respuesta de Agroasemex.
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Así le ordenó hacer una búsqueda exhaustiva en todas sus áreas administrativas y en años anteriores para entregar la información solicitada.
Fue ante esa instrucción del INAI que el sindicato se inconformó ante un juez federal, el cual le dio la razón.
El instituto, por su parte, presentó un recurso de revisión ante un tribunal colegiado, el cual, también dio la razón al sindicato y ordenó al INAI cumplir con la sentencia que el juzgado de primera instancia había emitido.
Aunque originalmente Agroasemex, como institución nacional de seguros, concentraba recursos para apoyar mediante seguros a campesinos, tiene una línea de crédito adicional para financiar las pensiones de los electricistas.
icc