Luego de que el pasado miércoles el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidiera no meterse al fondo del asunto ni analizar las violaciones al interés superior de la niñez, bajo el argumento de que el recurso de revocación no fue presentado en tiempo, la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim) rechazó que Movimiento Ciudadano continúe explotando la imagen del menor de edad indígena Yawi, a costa de recursos públicos.
El organismo acusó que esta decisión va en contra de la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes durante el desarrollo de procesos electorales, y puntualizó que con esta postura las propias autoridades violaron el Artículo 4to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el interés superior de la niñez en cualquier decisión del Estado, además de los tratados internacionales suscritos en materia de derechos de infancia.
“La decisión dividida que se tomó este miércoles 1 de diciembre de 2021 en la Sala Superior sienta un mal precedente para todos los niños, niñas y adolescentes en México, que queda en estado de indefensión frente a los institutos políticos, quienes desde ahora encontrarán en esta mala práctica, como la hecha por el partido Movimiento Ciudadano, un nuevo recurso para explotar política y comercialmente a los niños, niñas y adolescentes, en especial a los más excluidos”, aseveró la Red en un comunicado que suscribe su directora ejecutiva, Tania Ramírez.
Redim refirió que el tema central de este grave hecho es el dinero público que el partido Movimiento Ciudadano gana con la explotación del niño indígena, violando los lineamientos emitidos por las instituciones electorales; teniendo la garantía de impunidad que inunda al país en todos los ámbitos y donde niños, niñas y adolescentes son víctimas.
Cuando el movimiento naranja decidió explotar como “producto mercadológico” al menor de edad en 2018, la Redim alertó sobre las graves implicaciones que esto tendría, indicaron. Recordaron que 2019, el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral emitieron tanto resoluciones como lineamientos que limitaban el uso de niños, niñas y adolescentes en procesos electorales, por lo que sólo se aceptaba su participación si se abordaban temas relativos a derechos de la infancia.
Pese a lo anterior, en las campañas electorales de 2021, su imagen siguió siendo explotada por el contendiente ganador de la gubernatura de Nuevo León.
Ante este panorama, calificaron de gravedad que en la Sala Superior tres ministros decidieran usar un argumento administrativo de extemporaneidad sobre el recurso de revocación que presentó Redim en contra de la determinación de la Sala Especializada.
El departamento legal de Redim detalló a MILENIO que “se presentó a tiempo, pero no había quien lo recibiera en la oficialía de partes, por lo que se entregó al día siguiente con toda la evidencia. A pesar de ello, el Tribunal consideró que las 15:00 horas era extender mucho el plazo, y por eso desechó el recurso, cuando en un principio no había personal y la ley establece que debe haber las 24 horas.
Añadieron que “independientemente de los plazos, estos deben interpretarse conforme al interés superior de la niñez y el principio pro persona”, sin embargo, “se priorizaron las interpretaciones formalistas al resguardo y protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”.
Por lo anterior, las organizaciones de la sociedad civil y los defensores y defensoras de los derechos humanos y de niñas, niños y adolescentes en México advirtieron que recurrirán a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas por las graves violaciones a la Carta Americana de Derechos Humanos y a la Convención sobre los Derechos del Niño para exponer el tema.
LP