Reforma constitucional busca que no haya conflicto de intereses por doble nacionalidad: Gabriela Jiménez

La diputada Gabriela Georgina Jiménez declaró que es necesaria una reforma constitucional para evitar ambigüedades.

La reforma entraría en vigor en 2028. | Foto: Facebook
Ciudad de México /
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La diputada federal y vicecoordinadora del Grupo Parlamentario de Morena, Gabriela Georgina Jiménez Godoy, informó que la reforma constitucional de los artículos 82, 116 y 122 busca que candidatos a un cargo como la Presidencia de la República o gobernadores no tengan un conflicto de intereses políticos por una doble nacionalidad.

En entrevista para MILENIO Televisión con Ady Cabriales, la diputada indicó que, aunque en la Ley de Nacionalidad y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se describen los requisitos para candidatos a estos cargos, es necesaria una reforma constitucional para evitar ambigüedades.

Reforma entraría en vigor en 2028

Aunado a lo anterior, subrayó que la ciudadanía en general no tiene ningún problema con tener doble nacionalidad y la reforma solo aplica a quienes participen en elecciones para gobernadores, jefatura de gobierno o presidencia de la República.

"Es muy importante que no haya una doble nacionalidad, porque si buscas estos puestos políticos señalados, se debe recalcar que tu lealtad siempre va a ser con México y su protección a la soberanía para que no haya un conflicto de interés con otra nación", agregó.

La vicecoordinadora Jiménez Godoy señaló que, en caso de aprobarse la reforma, entrará en vigor durante las elecciones del 2028 en adelante.

"Se espera su aprobación, puesto que tanto Morena como Partido Verde y Partido del Trabajo están a favor. Obviamente habrá un debate largo; sin embargo, es lo mejor para dar certeza a los requisitos, que deben ser muy claros, para ser elegidos en estos cargos", concluyó.


¿Qué implica la iniciativa presidencial? 

La iniciativa de Claudia Sheinbaum prevé que “para ser presidente o presidenta, se requiere ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo o hija de padre o madre mexicanos; no tener ni adquirir otra nacionalidad y, en caso de tenerla, renunciar a ella previo a solicitar su registro como candidato o candidata en los términos que establezca la ley”.

Quien ejerza el cargo no podrá adquirir ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridad extranjera una nacionalidad distinta de la mexicana, establece.

Subraya, además, que “quedan comprendidos en esta prohibición el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero, el ejercicio de los derechos políticos inherentes a la ciudadanía ante este y el acogerse a su protección diplomática”.
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ksh

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