Diputados locales en Hidalgo, aprobaron la reforma a los artículos 56 y 121 de la Ley Orgánica Municipal con el objetivo de proteger el derecho de autor desde el ámbito local, estableciendo la obligación para quienes soliciten licencias para espectáculos públicos, previamente obtengan la autorización respectiva por parte de la Sociedad de Gestión Colectiva de Interés Público para ejecutar o explotar cualquier forma de comunicar obras musicales.
Con la reforma, cada presidencia municipal en Hidalgo a través de su dirección de Reglamentos y Espectáculos deberá cerciorarse de que todos los eventos públicos y espacios comerciales como bares, restaurantes, bares, cantinas, bailes populares, cuenten tanto con la licencia de operaciones, funcionamiento, así como con la autorización por el uso de la música para la protección de los Derechos de Autor.
Tras aprobar por unanimidad de votos la propuesta, los cambios quedaron establecidos de la siguiente forma: “los ayuntamientos, además de las establecidas en otros ordenamientos jurídicos, asumirán las siguientes Facultades y Obligaciones: Regular, de acuerdo con su competencia, el funcionamiento de espectáculos, establecimientos mercantiles, giros industriales, comerciales, turísticos y de servicios profesionales.
“La normatividad que emitan los Ayuntamientos para regular lo concerniente a espectáculos públicos y establecimientos mercantiles, deberá considerar que las personas físicas o morales que organicen, exploten o patrocinen espectáculos públicos, presenten la autorización de la Sociedad de Gestión Colectiva o de los titulares de derechos de autor, cuando la naturaleza de este así lo requiera conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor”.
También se reformó que “los establecimientos mercantiles en los que se ejecute, represente, explote o de cualquier otra forma se comuniquen públicamente obras musicales protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor, presenten la autorización correspondiente expedida por las Sociedades de Gestión Colectiva o de los titulares de derechos de autor previstos en el artículo 26 de la Ley señalada”.
Al respecto, el legislador hidalguense Julio Valera Piedras, dijo que la iniciativa establece en la Ley Orgánica Municipal la obligación para quienes soliciten licencias para espectáculos públicos, previamente obtengan la autorización respectiva por parte de la Sociedad de Gestión Colectiva de Interés Público para ejecutar o explotar cualquier forma de comunicar obras musicales.
Por su parte la diputada hidalguense Michel Calderón Ramírez, comentó que la reforma también establece la obligación para quienes soliciten licencias para espectáculos públicos, previamente obtengan la autorización de la Sociedad de Gestión Colectiva de interés público para explotar cualquier forma de comunicar obras musicales.
En cuanto al artículo 121 de la Ley Orgánica Municipal, sobre autorizar las licencias y permisos de funcionamiento y cuidar que se paguen las contribuciones respectivas, se acordó regular el comercio establecido y los establecimientos mercantiles, así como la autorización de espectáculos públicos en el Municipio, para tal efecto el solicitante deberá presentar consentimiento expreso de las Sociedades de Gestión Colectiva respectivas, tratándose de espectáculos públicos o establecimientos mercantiles en los que se ejecute, represente, explote o de cualquier otra forma se comuniquen públicamente obras musicales protegidas por la Ley Federal del Derecho de Autor; y vigilar que los espectáculos públicos y los establecimientos mercantiles cuenten con la autorización a que hace referencia el inciso k de la fracción II del artículo 56 de la presente Ley.
¿Qué es la Sociedad de Gestión Colectiva?
Las Sociedades de Gestión Colectiva son personas jurídicas, sin fines de lucro, cuyo objeto social es la gestión colectiva de los derechos patrimoniales de los autores, artistas, intérpretes o ejecutantes, productores de fonograma y organismos de radiodifusión.
En el caso de México, aglutina a grupos como Asociación Nacional de Interpretes, Sociedad de Autores y Compositores de México, Sociedad Mexicana de Ejecutantes de Música, entre otros grupos organizados más ante el Instituto Nacional del Derecho del Autor (Indautor).