Relatores de ONU expresan preocupación por 'ley garrote'

Advirtieron que podría penalizar conductas que podrían ser una expresión legítima del derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación.

Melissa Del Pozo
Ciudad de México /

Tres relatores de Naciones Unidas transmitieron al estado mexicano su preocupación por la reforma al Código Penal del estado de Tabasco, mejor conocida como Ley Garrote, y que entró en vigor el 1 de agosto de 2019 del decreto 115, argumentado que ésta podría penalizar conductas que podrían ser una expresión legitima del derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación.

El 24 de julio de 2019, el gobernador de Tabasco, presentó ante el Congreso estatal una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Tabasco.

El pleno del Congreso de Tabasco,en una sesión extraordinaria, aprobó el 29 de julio la iniciativa y el decreto entró en vigor el 1 de agosto de 2019.

Los relatores sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión David Kaye, relator especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación Clement Nyaletsossi Voule y el relator especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos Michel Forst se pronunciaron en contra de dicha ley por los efectos negativos que podría tener en materia de los derechos a la libertad de expresión y a la libertad de reunión pacífica.

"Reconocemos la importancia de sancionar la extorsión relativa al impedimento de ejecuciones de trabajos u obras, lo cual contribuiría a garantizar y proteger el orden público", se lee en la carta dirigida al ejecutivo.

Recomendaron al gobierno "reconsiderar si el uso del derecho penal es un medio adecuado para lograr dicho objetivo, tomando en cuenta que tiene como consecuencia la prohibición y criminalización de las protestas sociales.

"El uso de la sanción penal, que es el instrumento punitivo más fuerte, para regular la protesta social de una manera tan general, y con sanciones que pueden alcanzar hasta los 20 años de encarcelamiento es excesivo".

"Igualmente, al ser una restricción tan general, es intrínsecamente desproporcionada y no es lo suficientemente precisa para permitir un análisis individual".


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