El proceso de revocación del mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador entra en su recta final, pues el domingo 10 de abril, millones de mexicanos están convocados a ir a las casillas para votar, en el que será el primer ejercicio de esta naturaleza que se realiza.
El Instituto Nacional Electoral (INE) será quien organice y haga valer el conteo de votos, así como su eventual ratificación de resultados. ¿Qué es lo que sabemos de este proceso? ¿Qué es necesario para su validación? ¿Cómo había sido el proceso?
Los datos que necesitas del proceso
La revocación de mandatario será el próximo domingo 10 de abril. El INE espera la participación de más de 92 millones de mexicanos en la revocación de mandato del presidente López Obrador. Se tiene contemplada la instalación de 57 mil 500 casillas a lo largo de los 300 distritos a nivel nacional, la cual puedes consultar aquí
Los representantes de casilla serán los encargados de contar y hacer el proceso de revocación. Para participar, sólo es necesario tener la credencial de elector vigente hasta 2021 o posterior, además de no estar suspendido de derechos políticos.
Para la participación de votantes en el extranjero, era necesario un registro anticipado, que se cerró el pasado 25 de febrero. De acuerdo con las instrucciones del INE, el 26 de marzo se enviaron las claves de acceso para el voto a distancia, mismo que será efectivo del 1 al 10 de abril.
Para que sea efectivo el proceso, deberán acudir a votar al menos 37 millones 129 mil 286 personas, el 40 por ciento del padrón electoral. Con menor número de votantes, el proceso, sea cual sea el resultado, no será vinculante. El costo total será de aproximadamente 3 millones 830 mil pesos.
La apertura de las casillas será a partir de las 8:00 de la mañana hasta las 18:00 horas del domingo. Aunque se realizará un conteo rápido al cierre de las casillas, no habrá Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), por lo que los resultados oficiales y definitivos no podrán conocerse hasta que se concluya el cómputo de las actas.
Al finalizar el conteo rápido, comenzará el desarrollo del cómputo distrital, sumando todos resultados contenidos en todas las actas de escrutinio y cómputo de las distintas casillas localizadas en un distrito electoral.
Esta es la primera vez en la historia de México que se realiza este proceso de revocación, que debe realizarse en el cuarto año de gestión del mandatario, entre los meses de marzo y abril, con el fin de evitar una conjunción las elecciones locales de varias entidades. Sólo se puede realizar una vez por sexenio.
De acuerdo con la reglamentación de la revocación de mandato, el artículo 33 establece la siguiente pregunta:
"¿Estás de acuerdo en que Andrés Manuel López Obrador, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o que siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?".
En caso de votar 'Sí', el Presidente cumple su mandato hasta 2024; en caso de perder, sería destituido y sustituido provisionalmente por el presidente del Congreso de la Unión durante los próximos 30 días; el mismo órgano deberá nombrar a un sustituto que gobierne hasta 2024.
La revocación de mandato fue aprobada en septiembre de 2021 por el Congreso de la Unión, y ratificada en enero por el INE tras juntarse el número de firmas necesarias para iniciar el proceso, esto conforme a lo establecido tanto en la ley como una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
¿Cómo fue el proceso de su aprobación?
La consulta es derivada de la Ley Federal de Revocación de Mandato promulgada en septiembre de 2021 por el Congreso de la Unión, pero el Instituto Nacional Electoral informó de la fecha del proceso electoral en enero pasado.
Para ello, se validaron en enero más de 2.8 millones de firmas, —la meta del 3 por ciento de la lista nominal de electores— para iniciar el proceso; esto después de que el consejo general del INE decidiera en un inicio suspender la revocación por falta del presupuesto, que no fue autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), en la que se requerían mil 738 millones de pesos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el INE tiene la obligación de realizar la revocación de mandato con el presupuesto que le fue designado. La propia pregunta del proceso de revocación de mandato también había sido una disputa, tanto de la Corte como en el Congreso y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El presidente López Obrador ha estado impulsando el proceso revocatorio a través de las conferencias matutinas, medida que ha sido por la oposición.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinó en un inicio una medida cautelar para que el Presidente se ajustara a los principios de imparcialidad y neutralidad en la consulta de revocación de mandato, absteniéndose "bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos sobre la revocación de mandato".
Sin embargo, se modificó la ley para que actores políticos puedan convocar a la participación. El 17 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que permite a los funcionarios públicos manifestarse sobre el proceso sin que sea considerado como propaganda gubernamental, horas después de aprobarse en el Senado.
El consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, recordó que el 15 de febrero fue la fecha de corte del padrón electoral y listado nominal, por lo que altas y movimientos posteriores no se consideran, y por ende no, podrán participar.
“No es un tema de conculcación de derechos, se trata simple y sencillamente de certeza y claridad de quienes tienen derecho a votar”, declaró en un mensaje publicado en sus redes sociales.
Sin embargo, el presidente criticó la difusión del INE sobre la revocación de mandato, ya que considera que no han promovido la consulta de manera masiva, y lamentó que el órgano electoral no promueva la consulta, ya que recientemente se realizó un debate que obtuvo poca difusión.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación declaró el lunes 28 de marzo inaplicable el decreto aprobado por la mayoría de Morena con el que reinterpretan los términos de propaganda gubernamental e imparcialidad, principalmente por gobernadores y políticos allegados al partido.
La sentencia indicó que “el decreto de interpretación auténtica es inaplicable a los casos de revocación de mandato, lo que incluye las controversias que surjan en el desarrollo del actual proceso, ya sea en sede cautelar o en el análisis de fondo”.
Al día siguiente, el presidente López Obrador cuestionó la capacidad y los alcances que tiene el Tribunal Electoral para anular una decisión del Poder Legislativo. También, allegados a Morena han criticado el desplegado de casillas electorales, que serán reducidas por el presupuesto del INE para el proceso revocatorio.
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