Revocación de mandato podría ser el 27 de marzo de 2022

De acuerdo con el borrador de los lineamientos del INE para solicitar la revocación las firmas se recabarán a través de una app; a partir de la convocatoria y hasta que concluya la jornada, no se emitirá propaganda gubernamental.

Fecha para la consulta de la revocación de mandato de AMLO. (Cuartoscuro)
Silvia Arellano
Ciudad de México /

La fecha para la jornada de revocación de mandato podría ser el domingo 27 de marzo de 2022 y no el día 21, como lo ha pedido el presidente Andrés Manuel López Obrador. Y tras la jornada, se le notificará al Ejecutivo el resultado.

De acuerdo con el borrador, “Lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) para la organización de la revocación del mandato, presidente de la República para el periodo constitucional 2018-2024”, al cual MILENIO tuvo acceso, se menciona que de acuerdo a la ley, la fecha será el último domingo de marzo.

“…dicha convocatoria se deberá contener, cuando menos, la fecha de la jornada de revocación de mandato que deberá de ser a los sesenta días de expedida la convocatoria, es decir el domingo 27 de marzo de 2022”, se establece en el documento.

De acuerdo con el borrador de 52 cuartillas, y cuyo documento se oficializará la próxima semana por parte de los consejeros del INE, se establece que para poder recabar las firmas para solicitar la revocación de mandato, dicha información se debe recopilar a través de una app.

Para validar la firma se requiere una fotografía de la credencial de elector y otra del ciudadano que firma, entre otros.

Se aclara que el INE será la única instancia que podrá realizar acciones dirigidas tanto a la promoción de la participación ciudadana como a la difusión de la Revocación de Mandato. Para lo anterior el órgano electoral podrá generar instrumentos de colaboración con otras instancias.

“Queda prohibido el uso de recursos públicos con fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de revocación de mandato. Ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de la ciudadanía para la revocación de mandato”, agregó.

Uno de los puntos en los que han estado en desacuerdo los morenistas es en el que se prohíbe la difusión de la propaganda gubernamental, que deberá ser a partir de que se publique la convocatoria, es decir, el 26 de enero de 2022.

“Durante el periodo que transcurra desde la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de la revocación de mandato, no se difundirá propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno con excepción de la difusión de las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil que el Consejo General determine”, se aclara.

Indica que se tomará como base la ubicación de las casillas electorales instaladas el día de la jornada electoral del 6 de junio 2021 del Proceso Electoral Federal 2020-2021 y las instaladas en la Jornada de la Consulta Popular del 1 de agosto de 2021.

Tras el proceso de la jornada, conteo de votos en casillas, recepción de paquetes, conteo de votos, etc, este proceso concluirá una vez que sea notificado el presidente de la República sujeto a la revocación de mandato, así como al Congreso de la Unión.

“Los resultados de la revocación de mandato se difundirán mediante la página de internet del INE y en el DOF. Los resultados de la Revocación de Mandato serán notificados al presidente de la República sujeto a la revocación de mandato, así como al Congreso de la Unión”, se destaca en el borrador del INE.

Tras dos intentos fallidos de Morena por aprobar un periodo extraordinario para que Senadores y diputados aprobaran la ley Federal de revocación de mandato, se espera que esta discusión se realice el 1 de septiembre, cuando inicia el periodo ordinario.


DMZ

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