El pleno del Senado aprobó en lo general y particular la Ley de Revocación de Mandato, la cual establece que la ciudadanía puede retirar del cargo a cualquier candidato electo, ya sea del Poder Ejecutivo o Poder Legislativo federal. En este caso, la revocación estará dirigida al Presidente de la República. Además, se modificó la pregunta para la consulta.
Morena y la oposición en el Senado llegaron a un acuerdo, con lo que la madrugada de este viernes el pleno aprobó en lo general y lo particular la Ley Federal de Revocación de Mandato y modifica la pregunta.
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¿Cuál será la pregunta?
Después de 15 horas de sesión, los legisladores de todos los partidos aceptaron la pregunta:
“La pregunta objeto del proceso, la cual deberá ser: ¿Estás de acuerdo en que a (nombre). Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”
Las respuestas serán:
- Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza
- Que siga en la Presidencia de la República
Después de ocho horas de receso, la presidenta de la Mesa Directiva, Olga Sánchez Cordero, reinició la sesión cerca de la media noche, donde los grupos parlamentarios se manifestaron a favor de la Addenda para reformular la pregunta, 29 de los 60 artículos de la legislación y los 5 artículos transitorio.
De última hora, el coordinador de Morena, Ricardo Monreal, retiró la reserva propuesta por Olga Sánchez Cordero para que el Presidente de la República tuviera el derecho de opinar e informar acerca de la continuidad en su encargo, esto, explicó con el fin de evitar que a ley se judicialice.
La senadora del PRI, Claudia Ruiz Massieu, refirió que “se han logrado solventar las inconstitucionalidades de la propuesta original aprobadas en las comisiones dictaminadoras. La terminación anticipada del mandato y la pérdida de la confianza, son elementos inherentes a la revocación de mandato y, hoy así, lo refleja el dictamen. Es una ley que empodera a la ciudadanía, brindando certidumbre jurídica al que probablemente sea el máximo instrumento para exigir la rendición de cuentas al Ejecutivo Federal”.
El coordinador del PRD, Miguel Ángel Mancera, señaló que “que este es un instrumento de las y los ciudadanos y se dejó de lado lo que originalmente venía como una facultad del Ejecutivo o como una facultad de la Cámara de Diputados o como una facultad del propio Senado de la República y se dejó solamente como un instrumento de participación ciudadana”.
El senador de Movimiento Ciudadano, Noé Castañón, destacó las modificaciones más importantes que se realizaron al dictamen: en primer lugar, la pregunta, que se corrigió sustancialmente de la propuesta original, que estaba orientada a un sentido de “ratificación” y “continuidad”, y no de revocación del mandato y pérdida de la confianza.
Además, se adecuó la definición del proceso al texto constitucional, para hacer explícito que el proceso de revocación de mandato se deriva de la pérdida de confianza al titular del Poder Ejecutivo. Calificó como relevante que en la solicitud de revocación de mandato que hagan los ciudadanos, se deberán exponer los motivos y causas por las que ésta se solicita y se busca destituir al Presidente de la República.
El senador de Morena, César Cravioto, destacó que se logró que “no haya vetos para nadie, todos podemos hablar, todos podemos llamar para que el presidente, en su caso, digamos, siga en su cargo, o quien no quiera, diga, sea removido de su cargo. No va haber bozales para nadie, libremente podemos decir, queremos esto, queremos lo otro”.
Julem Rementería, coordinador del PAN, refirió que “sí se acerca mucho más a lo que es la revocación de mandato. En el planteamiento que se hacía de origen la pregunta se establecía claramente una ratificación de mandato y no una revocación que tenemos la posibilidad de decir que hoy se le va a preguntar al ciudadano si quiere, como es el espíritu de la revocación”.
Partidos políticos podrán promover participación ciudadana
Los legisladores aprobaron que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato y se abstendrán de aplicar los recursos derivados del financiamiento público y del financiamiento privado para la realización de sus actividades ordinarias permanentes o sus actividades tendientes a la obtención del voto con el propósito de influir en las preferencias de los ciudadanos.
Además, el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.
El INE deberá iniciar la difusión de la consulta al día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual concluirá hasta tres días antes de la jornada electoral.
La promoción del instituto deberá ser objetiva, imparcial y con fines informativos. De ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o en contra de la revocación de mandato.
Los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato y se abstendrán de aplicar los recursos derivados del financiamiento público y del financiamiento privado para la realización de sus actividades ordinarias permanentes o sus actividades tendientes a la obtención del voto.
La jornada de revocación de mandato se celebrará el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales federal o locales.
La minuta se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales que correspondan.
EHR