Corte deja firme amparo otorgado a Rosario Robles contra inhabilitación de 10 años

La SFP puede volver a valorar si la inhabilita, pero la sanción no podrá ser mayor de cinco años.

Rosario Robles, ex secretaria de Estado. (Cuartoscuro)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó firme el amparo que un tribunal federal otorgó a la ex titular de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), Rosario Robles Berlanga, contra la inhabilitación de ocupar cualquier cargo público durante 10 años.

La sala desechó el recurso de revisión interpuesto por el director general de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Subsecretaría de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública (SFP), quien impugnó la sentencia dictada en julio pasado.

Es de mencionar que el amparo otorgado a Rosario Robles por el Vigésimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, ordena a la SFP que valore de nuevo si debe o no imponer la inhabilitación a la ex funcionaria, pero está no podrá ser mayor de cinco años.

“…ante lo fundado del concepto de violación que hizo valer la parte quejosa, se impone otorgar el amparo solicitado a fin de que la Sala Superior responsable (del Tribunal Federal de Justicia Administrativa) deje insubsistente la sentencia reclamada y en su lugar emita una nueva que declare la nulidad de la resolución impugnada y ordene a la autoridad demandada (Secretaría de la Función Pública) emitir una nueva resolución, en la que determine, con plenitud de jurisdicción, la sanción correspondiente por la falta administrativa”, detalla la sentencia del Tribunal Colegiado que fue impugnada.

La SFP sancionó a Rosario Robles por no reportar una cuenta bancaria en sus declaraciones patrimoniales de 2013 a 2017.

La resolución de los magistrados del Vigésimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México concluye que “por simplemente sancionar severamente cualquier 'falta a la verdad', sin atemperar las condiciones de comisión de la infracción, como podría ser, la culpa o el dolo, figuras que, si bien son propias del derecho penal, pueden resultar perfectamente aplicables a casos como el presente”.

El fallo de los magistrados también aclara que el efecto de su resolución no conlleva que la supuesta infracción cometida por Rosario Robles quede impune, pues se da oportunidad a la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa revisar otra vez el caso y tomar una nueva decisión sobre su inhabilitación.


DMZ

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