Juez da amparo a Rosario Robles y podría enfrentar su proceso en prisión domiciliaria

Un juez federal consideró que no se valoró correctamente la medida cautelar solicitada por la ex funcionaria, por lo que ordenó al juzgador a cargo fijar una nueva audiencia para revisar si aplica prisión preventiva justificada u otra.

Rosario Robles, ex secretaria de Desarrollo Social. (Archivo)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un juez federal otorgó un amparo a la ex secretaria de Desarrollo Social, Rosario Robles Berlanga, sentencia que abre la puerta para que pueda enfrentar su proceso en prisión domiciliaria.

La ex funcionaria permanece presa desde hace más de un año diez meses en el penal femenil de Santa Martha Acatitla, en la alcaldía Iztapalapa, por su presunta responsabilidad en el delito de uso indebido del servicio público por ser supuestamente omisa de un desvío de más de 5 mil millones de pesos.


Augusto Octavio Mejía, juez Tercero de Distrito de Amparo en Materia Penal, determinó que el juez de control en el Centro de Justicia Penal Federal en el reclusorio Sur, Ganther Alejandro Villar Ceballos, no valoró correctamente la medida cautelar solicitada por Rosario Robles para poder continuar con su proceso en prisión domiciliaria.

El juzgador ordenó a Villar Ceballos dejar sin efecto la audiencia de 30 de abril de 2020, de la causa penal 314/2019, a partir del momento en que resolvió respecto de la revisión de la medida cautelar solicitada por la defensa de la quejosa.

“Hecho lo anterior, señale hora y fecha para que se lleve a cabo una nueva audiencia de revisión de medida cautelar, en la que, tomando en consideración el debate de las partes técnicas en la audiencia referida en el numeral anterior, y sin dar oportunidad a que se expongan argumentos adicionales, con plenitud de jurisdicción, de manera fundada y motivada, emita una nueva determinación sobre la continuación de la medida de prisión preventiva justificada, o de ser procedente, resolver sobre una o diversas a la solicitada”, detalla la sentencia.

Mejía Ojeda señaló que la determinación del juez de control vulnera el derecho fundamental de legalidad, establecido en el artículo 16 Constitucional.

Ganther Alejandro justificó la medida cautelar de prisión preventiva justificada por la supuesta falta de arraigo de Rosario Robles, ya que la Fiscalía General de la República (FGR) aseguró que no hay certidumbre de dónde vive la ex funcionaria, y por tanto, existe la posibilidad de que evada la justicia.

Sin embargo, el juez de amparo mencionó que los argumentos para llegar a tal conclusión resultan insuficientes y contradictorios, ya que por una parte, se sustentan en el hecho que desde la audiencia inicial se tuvo conocimiento que Robles Berlanga ha habitado desde hace 24 años en un domicilio localizado en la alcaldía Coyoacán, aunque, en dicha diligencia, la Fiscalía exhibió un oficio del que se obtuvo información relativa a la tramitación de la licencia para conducir, donde proporcionó un domicilio distinto en la colonia Polanco, alcaldía Miguel Hidalgo, y después se tuvo conocimiento de dos diversos domicilios (Reforma 222 y Tennyson 223).

“Empero, aun cuando el juez de control responsable sustenta una falta de arraigo de la quejosa en esta ciudad…omitió expresar porqué si la existencia de un diverso domicilio de la persona sujeta a proceso, no significa que alguno de ellos sea falso, sino es legalmente posible que se tenga uno o más…”, establece el fallo.

Indicó que el juez de control soslayó expresar que la capacidad económica de la quejosa no es motivo para la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva.

“Aunado a lo anterior, tales inconsistencias impidieron al juez de control, determinar de manera fundada y motivada si, en el caso, procedía la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva domiciliaria…
“Por ello, la figura debe analizarse desde el punto de vista de que beneficia al imputado, dado que cuenta con una alternativa menos intrusiva a su esfera de derechos y libertades”, enfatizó Mejía Ojeda.

DMZ

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