La queja interpuesta por el PAN en Tamaulipas no fructificó luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió a favor de Morena, al revocar la medida cautelar emitida por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en la que ordenó suspender la transmisión de los spots de radio y televisión del precandidato a la gubernatura Américo Villarreal Anaya.
“Se revoca la resolución controvertida, para los efectos precisados en la misma”, determinaron por unanimidad, las magistradas y los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), luego de la queja promovida por el Partido Acción Nacional la semana pasada.
“No resulta procedente la adopción de medidas cautelares respecto de los promocionales denominados”, dicta el resolutivo del expediente SUP-REP-9/2022, determinó la Sala Superior.
El Tribunal externó que la Comisión de Quejas del INE “realizó una interpretación descontextualizada de los procesos internos de Morena, por lo que el partido sí puede hacer uso de sus prerrogativas de radio y televisión para difundir la precandidatura única de Villarral Anaya”.
Se informó que, respecto al contenido de los spots que se han difundido a través de radio y televisión, tras un análisis preliminar, resultan apegados a la normativa electoral y no hay violación alguna, por lo que deberán restablecer su transmisión, al no resultar procedentes los argumentos denunciados por Acción Nacional.
También se dejó sin efecto el boletín 022 del Instituto Nacional Electoral titulado “INE ordena suspender spots de precampaña de Morena en Tamaulipas”, y le ordena la emisión de uno nuevo, en los términos expresados en la sentencia.
El pasado viernes, la Comisión aprobó suspender estos promocionales al considerar que si se trata las frases en las que se presentaba como candidato único y hablaba de que se sumarían a la transformación de todo el país, por lo que acusaron que este no era un mensaje de precampaña dirigido a la militancia, sino a la población en general, lo que no está permitido.
- Te recomendamos INE suspende spots de Américo Villareal por incurrir en actos anticipados de campaña Política
La consejera presidenta de esta comisión, Adriana Favela, votó en contra del proyecto al recordar que existía una sentencia previa del Tribunal Electoral en el caso de Alfonso Durazo, quien fue precandidato único para la gubernatura de Sonora, lo que no le impedía promocionarse en precampaña. Lo que finalmente hoy fue retomado por la Sala Superior.
Por lo tanto, las y los magistrados concluyeron que los promocionales están dentro de los límites establecidos por la ley y no se acredita ninguna irregularidad.
“Para esta Sala Superior de los promocionales motivo de estudio no se advierte que contengan expresiones que de manera evidente, objetiva y razonable estén dirigidas a posicionar al aspirante y su partido frente a la ciudadanía. Máxime que en los promocionales se advierte, en su versión televisada es evidente la inclusión de un cintillo que expresa que la publicidad va dirigida a militantes y simpatizantes de Morena, aunado a que en la versión de radio se identifica ello de forma auditiva", dijo.
“Además, se estima razonable que un aspirante manifieste cuál es su preparación académica y haga énfasis en el trabajo político que haya realizado, porque son elementos de juicio que resultan válidos, ya que de tal forma se aportan elementos suficientes a los militantes y simpatizantes, así como a los integrantes del órgano de decisión al interior del partido político, para el por qué tiene méritos suficientes para ser designado candidato y las autoridades del partido, tomen una decisión favorable para él”, añadió.
EAS/EHR