Negar acceso a personas con perros guía en espacios públicos será discriminación

Se considera como discriminación negar o impedir el acceso a personas con discapacidad o usuarias de perros guía o animal de servicio en todos los espacios en donde se desenvuelvan

Los perros guías son dóciles. (Cortesía Jorge Vázquez)
Alejandro Reyes
Pachuca; Hidalgo /

Los diputados locales aprobaron una reforma a la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación en el Estado de Hidalgo con la que se considerará discriminación negar el acceso a los distintos espacios públicos y privados a las personas con alguna discapacidad que utilicen perros guía.

Tras 21 votos a favor de los legisladores, la reforma establece que se considera como discriminación negar o impedir el acceso a personas con discapacidad o usuarias de perros guía o animal de servicio en todos los espacios en donde se desenvuelvan.

“Es una realidad que las personas con discapacidad constantemente se enfrentan a todo tipo de discriminación a través de acciones u omisiones que vulneran sus derechos humanos un ejemplo son las personas que tienen discapacidad visual y que para poder estar más seguros utilizan a los perros guías”, sostuvo desde el Pleno la diputada Michelle Calderón Ramírez.

Precisó que un perro guía es aquel que ha sido especialmente adiestrado para ayudar a una persona ciega o con debilidad visual a desplazarse a diferentes lugares tanto dentro de su hogar como en la calle.

Agregó que estos perros saben perfectamente cómo deshacerse de un obstáculo, caminar en una línea totalmente recta marcado por el paso del dueño en cuestión, alertar a su dueño cuando hay una banqueta, el comienzo de escaleras, los desniveles del pavimento, y desde luego tomar decisiones en caso de que haya algún tipo de peligro. Pueden incluso, dijo, llegar a desobedecer a su dueño con tal de salvarlo.

No obstante, enfatizó la diputada, las personas usuarias de perros guía -que generalmente son aquellas que tienen alguna discapacidad visual, aunque también usan los servicios de estos animales personas con discapacidad motriz, visual, auditiva y a quienes padecen diabetes, epilepsia o autismo se enfrentan a barreras de libre acceso a lugares públicos y privados como oficinas de gobierno, restaurantes, supermercados, transporte, hoteles, acciones que evidentemente anulan por completo el ejercicio de sus derechos.

La Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación señala que la discriminación es toda conducta activa u omisiva que en forma de preferencia, distinción, exclusión, repudio, desprecio, rechazo o restricción, dirigida a una persona o grupo, con intención o sin ella basada en su origen o identidad indígena o nacional, sexo o género, edad, discapacidad, condición social, económica, de salud o jurídica, embarazo, lengua, idioma, cultura, religión, opiniones, preferencia sexual, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares, identidad o filiación política.

Así como apariencia física, color de piel, forma de vestir, actuar, gesticular, por tener tatuajes o perforaciones corporales, características genéticas, situación migratoria, embarazo, lactar en espacios públicos, privados y laborales, los antecedentes penales o cualquier otra que tenga por efecto negar, obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce y ejercicio de sus derechos humanos y libertades en condiciones de equidad e igualdad.

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