La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los lineamientos que restringen la venta de productos “chatarra” en todas las escuelas del país, incluidas las universidades.
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, dijo que la prohibición de la venta de “comida chatarra” es uno de los temas de mayor importancia, debido a que el problema actualmente alcanza dimensiones de salud pública.
“Es aproximadamente tres cuartas partes de la población adulta que está afectada por sobrepeso y obesidad, y en niños alcanza el 40 por ciento; perdón, en jóvenes 40 por ciento y en niños 36 por ciento.
“Entonces, sí, es un problema de gran relevancia y sobre todo, porque se conoce una de las causas de esta situación, y no se estaba haciendo nada. Yo creo que los lineamientos que ahora se cuestionan de inconstitucionales son un paso importante para amortiguar o buscar que esta situación no continúe creciendo”, expresó.
El caso llegó a la Corte por los amparos que promovieron Eric Kayser México, razón social de la cadena de panaderías y restaurantes franceses Maison Kayser; la distribuidora Mega Vending de México y la Compañía Embotelladora Del Fuerte.
Las quejosas impugnaron el Acuerdo publicado el 30 de septiembre de 2024 y diversos lineamientos que regulan la preparación, distribución y expendio de alimentos y bebidas en las escuelas del Sistema Educativo Nacional.
Argumentaron que las nuevas disposiciones exceden lo establecido por la Ley General de Educación y la Ley General de Salud, además de que afectan sus libertades de trabajo, comercio y libre concurrencia.
Por unanimidad, el Pleno avaló tres proyectos de sentencia, dos presentados por la ministra María Estela Ríos González y uno por la ministra Lenia Batres Guadarrama, quienes propusieron negar la protección de la justicia a las quejosas.
Estela dijo que los lineamientos impugnados no prohíben de manera absoluta la comercialización de alimentos y bebidas, únicamente regulan su venta dentro de los centros escolares.
“Los agentes económicos pueden desarrollar sus actividades comerciales siempre y cuando se sujeten a las condiciones previstas en la normativa aplicable. Además, las medidas persiguen una finalidad constitucionalmente legítima. Esto es, proteger bienes fundamentales como la salud y la alimentación adecuada de niñas, niños y adolescentes…”, señaló.
Por su parte, el ministro Figueroa dijo que las compañías parten de una visión equivocada.
“… las empresas quejosas que han acudido al juicio de amparo en este y otros asuntos similares se equivocan al sostener que el Estado solo está obligado a garantizar la alimentación saludable de las personas menores de edad, pero no de quienes ya son mayores de 18 años, como es el caso de las personas jóvenes y adultas. La falencia del argumento de las empresas quejosas obedece a que la ley fundamental reconoce el derecho de toda persona a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, sin hacer distinción alguna por razón de la edad que tengan”.
Abundó que la medida ayuda a implementar hábitos alimenticios sanos entre todas las personas.
“Pero además, se combate la emergencia sanitaria de diabetes, obesidad y sobrepeso, que actualmente está presente en nuestro país”, declaró.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf advirtió que la obesidad y la malnutrición en México constituyen un problema grave de salud pública.
“De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la obesidad se asocia con una mayor probabilidad de muerte prematura y discapacidad en la edad adulta, así como una mayor incidencia y una edad más temprana de enfermedades cardiovasculares, afecciones osteomusculares, diabetes y diversos tipos de cáncer”, destacó.
El ministro Irving Espinosa Betanzo dejó claro que los lineamientos solo restringen la venta de “comida chatarra” al interior de las escuelas.
“Las normas prohíben, sin excepción, la venta de una lista de productos dentro de los planteles escolares. La prohibición comprende todos los productos de esa lista y no va más allá del plantel. Así que fuera de la escuela la actividad comercial continúa sin restricción y dentro de la escuela continúa respecto de los productos permitidos”, manifestó.
La protección no termina a los 18 años
El ministro Arístides Guerrero García puntualizó que el derecho a la alimentación no se agota únicamente en combatir el hambre, sino que también implica generar condiciones para alimentarnos mejor y vivir con mayor salud. Además, esta protección no desaparece cuando una persona cumple 18 años.
“De acuerdo al Inegi, del ciclo 2024 a 2025 hubo alrededor… y atendiendo también al Atlas Mundial de Obesidad del año 2026, tenemos que en jóvenes de entre 10 y 19 años de edad se presenta un índice de obesidad de alrededor de 9 millones 161 mil, mientras que en niños entre cinco y nueve años, cerca de tres millones 966 mil”, enfatizó.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció en contra de una parte del proyecto de Lenia, porque dijo que las universidades gozan de autonomía.
“… no podemos englobar a todas las instituciones de educación superior bajo un mismo tratamiento, en tanto las leyes que rigen algunas de ellas les otorgan autonomía conforme a la cual tienen la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas…”
Lenia le respondió que no se está violando la autonomía universitaria, porque autonomía tiene que ver con el autogobierno, que se relaciona con la libertad de cátedra, la investigación y la difusión cultural.
“…quienes están alegando aquí son empresas que, por cierto, no se refieren a la autonomía… no se trata de un tema que les afecte”.
Yasmín cambió su discurso y dijo que estaba en contra de que se sancione a los directivos, por ejemplo, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), por no cumplir con los lineamientos que restringen la venta de “comida chatarra”.
Pero Lenia aclaró:
“Los párrafos de 103 a 106 no tienen ninguna relación con ningún tipo de sanción”.
Al final, todos apoyaron el proyecto de Batres Guadarrama.