La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que el ejercicio de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador se lleve a cabo de acuerdo con el presupuesto con que cuente el Instituto Nacional Electoral (INE) y sin que haya consecuencias penales o administrativas para los consejeros por no cumplir la ley en la materia.
Al modificar la suspensión decretada el 10 de diciembre pasado, el máximo tribunal del país ordenó al INE organizar “de la manera más eficiente” este ejercicio democrático, pero “tanto como lo permita el presupuesto”.
El acuerdo publicado la noche de este miércoles por el tribunal también deslinda de algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de la autoridad electoral.
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Lo anterior, al no poder cumplir, por presupuesto, con lo establecido en la Ley Federal de Revocación de Mandato respecto a la instalación de 161 mil casillas.
“Se modifica la suspensión decretada el 10 de diciembre de 2021, solicitada por el Instituto Nacional Electoral, para que lleve a cabo el procedimiento de revocación de mandato de la manera más eficiente, tanto como lo permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado; así como para que no se ejecute la resolución sobre algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de dicho Instituto, en los términos y para los efectos que se indican en este acuerdo”, detalla el acuerdo.
La SCJN también explicó que está medida suspensional concedida al INE surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente.
“Dada la naturaleza e importancia de esta medida cautelar, se habilitan los días y horas que se requieran para llevar a cabo las notificaciones de este acuerdo”, abunda.
EHR