Concede Corte suspensión provisional contra Ley de Extinción de Dominio

El noveno Tribunal Federal emitió la resolución que permite suspender el remate anticipado de bienes que contempla la Ley.

Uno de los argumentos que destacan es la violación a la Constitución, al trastocar todo el régimen de propiedad privada.(Foto: Archivo)
Esther Herrera
Monterrey /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la suspensión provisional para impedir los efectos y consecuencias de la Ley Nacional de Extinción de Dominio para aquellos que promovieron un recurso de amparo contra dicha legislación.

El noveno Tribunal Federal emitió la resolución que permite suspender el remate anticipado de bienes que contempla la Ley Nacional de Extinción de Dominio.

Carlos Saucedo, socio del despacho fiscal KBC, explicó que esta resolución la emitió el Tribunal Colegiado de la Ciudad de México y es el primer precedente relacionado con estas nuevas reformas en las que indican que quien promueva un juicio de amparo puede proceder a la suspensión, es decir, que no se le apliquen las normas de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, en tanto los Tribunales analicen si la reforma es o no inconstitucional.

La Ley Nacional de Extinción de Dominio ya entró en vigor desde el pasado mes de agosto y sus alcances han sido muy polémicos, ya que dicha legislación establece que la autoridad puede privar de bienes a quienes se benefician con el producto de la comisión de delitos, los cuales se subastarán, aplicando la cantidad que se pague por ellos a favor del interés público; sin embargo, la parte polémica radica que esta ley permite al gobierno quitarle los bienes a un particular, venderlos en subasta y gastar el dinero obtenido “sin saber aún si el acusado del delito es culpable o no”.

Lo que sigue, es que este criterio puede replicarse en futuros juicios de amparos hasta que se constituya una jurisprudencia, indicó el abogado fiscalista.

Enfatizó que esta resolución que dio el Tribunal Colegiado de la Ciudad de México es un punto a favor en la defensa que han optado los ciudadanos que se oponen a la ley nacional de extinción de dominio.

La resolución se dio el pasado viernes 13 de diciembre por el noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

“Y aunque se dio por un juicio de amparo procedente de la Ciudad de México, pero la postura y resolución puede replicarse para cualquier tipo de juicio de amparo que se haya promovido en otra parte del país”.

De acuerdo con la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), se han promovido unos 2 mil recursos de amparo contra la Ley Nacional de Extinción de Dominio, entre los argumentos que se plasmaron en dichos juicios de amparos destaca la violación a la Constitución, al trastocar todo el régimen de propiedad privada.

Asimismo, la Coparmex se ha pronunciado en contra de la aplicación de dicha ley ya que genera incertidumbre entre los ciudadanos, debido a la figura de venta anticipada de bienes.

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