La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio inicio a la sesión en la que concluirá el análisis de las impugnaciones a las reformas realizadas por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador a la Ley de la Industria Eléctrica.
En primer término, y por acuerdo del pleno del máximo tribunal del país, hoy se someterá a votación el Acta de la sesión pública del pasado 7 de abril, en la que no se alcanzó mayoría calificada para invalidar algún artículo impugnado por senadores de oposición a dicha ley, manteniendo vigentes las reformas.
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Los 11 ministros que conforman el pleno de la SCJN comenzarán a discutir la controversia constitucional interpuesta por el gobierno de Colima, entonces encabezado por el priista Ignacio Peralta, mediante el cual impugnó el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica.
En particular, el gobierno estatal demanda la invalidez de los artículos 3, fracciones V, XII, XII bis y XIV; 4, fracciones I y VI; 12, fracción I; 26; 53; 101; 108, fracción V y VI; y 126, fracción II.
El estudio de fondo de este asunto corresponde a cuatro puntos: distribución de competencias entre la Federación y las entidades federativas, facultades concurrentes en materia de protección al medioambiente, marco jurídico en materia medioambiental, y las energías limpias vis a vis el medioambiente.
La ministra Loretta Ortiz, encargada de elaborar el proyecto de sentencia, propuso declarar procedente pero infundada dicha controversia constitucional, y por tanto reconocer la validez de los artículos 3, fracciones V, XII, XII bis y XIV, 4, fracciones I y VI, 12, 26, 53, 101, 108, fracciones V y VI, y 116, fracción II.
“El ejercicio de la facultad exclusiva en materia de energía eléctrica, prevista en el artículo 73, fracción X, de la Constitución federal, materializada en la emisión del Decreto de reformas a la Ley de la Industria Eléctrica, no trasciende o impacta, ni constituye un obstáculo o impedimento para el ejercicio de las facultades concurrentes en materia de prevención al medio ambiente que tiene el estado de Colima de conformidad con la diversa fracción XXIX-G de aquél ordenamiento, pues el nuevo diseño normativo en materia de energía eléctrica se llevó a cabo sin incidir negativamente en el medioambiente, constituyendo una medida de continuación de la transición energética y para el avance en la generación de energías limpias, al priorizar el despacho de plantas hidroeléctricas y la promoción en la adquisición de más certificados de energías limpias”, concluyó.
LP