La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la facultad del presidente para disponer discrecionalmente de recursos ahorrados con la Ley Federal de Austeridad Republicana.
Por mayoría de 9 votos, el Pleno del máximo tribunal del país declaró inconstitucional el artículo 61, párrafo segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Durante la sesión pública de este martes, la ministra Norma Lucía Piña Hernández, encargada de elaborar el proyecto, argumentó que, de acuerdo al artículo 74 de la Constitución federal, esta facultad de determinar el destino de los recursos ahorrados es exclusiva de la Cámara de Diputados.
La ministra también destacó que lo dispuesto en el artículo 54 de dicha ley que establece el deber de reintegrar a la Tesorería de la Federación los recursos del presupuesto no erogados durante el ejercicio fiscal, es contradictorio con la Ley Federal de Austeridad Republicana que pretende que se entreguen informes de evaluación anuales de las medidas, ahorros y destino de éstos, lo que implica que hasta la conclusión del año fiscal podría disponerse de esos recursos.
Piña Hernández también destacó que el artículo 7 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, en relación con el 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, son inconstitucionales "porque violan los principios del gasto público (...) pues permiten un redireccionamiento discrecional de los ahorros provenientes de las medidas de austeridad".
"El artículo 61, segundo párrafo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria es inconstitucional porque no regula adecuadamente la facultad que confiere al Presidente de la República para redirigir los ahorros generados por las medidas de austeridad, lo que viola el artículo 16 constitucional", concluyó.
LG