SCJN rechaza estudiar amparos para invalidar artículos que castigan aborto en 8 estados

El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá será returnado para que se elabore un nuevo proyecto con el criterio de la mayoría.

| (Cuartoscuro)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó reasumir su competencia para conocer siete amparos y un recurso de queja promovidos por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), con los cuales se busca que se invaliden diversos artículos de Códigos Penales en diversos ocho estados del país, con los cuales se continúa sancionando a las mujeres que abortan.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá buscaba que la Sala decidiera estudiar en paquete dichos casos, pero tres ministros se opusieron a la propuesta, por lo que el asunto será returnado a otro ministro para que elabore un nuevo proyecto con el criterio de la mayoría.

Durante la sesión, no hubo alguna discusión del tema, sino solo la presentación del tema y la votación.

Los juicios continuarán su curso en tribunales federales, por lo que es probable que lleguen a la Corte caso por caso.

Los amparos promovidos están dirigidos a combatir los códigos penales de los estados de Jalisco, Sonora, Tabasco, Michoacán, Chiapas, Querétaro, Tlaxcala y Campeche, y en estos momentos se encuentran en revisión Tribunales Colegiados.

En septiembre pasado, la Primera Sala invalidó artículos y porciones normativas del Código Penal Federal (CPF) que sancionan con prisión a las mujeres que abortan en el país, y ordenó al Congreso de la Unión derogarlos antes de que concluya el periodo de sesiones de este año.

La sentencia solo benefició a las personas que actualmente se encuentren procesadas o sentenciadas por este delito y que son acompañadas por la asociación civil Grupo de Información en Reproducción Elegida.

En el proyecto se mencionó que se dejarán de aplicar las normas que criminalizan el aborto a nivel federal y que el fallo tendrá que ser acatado por cualquier autoridad jurisdiccional y administrativa, particularmente, por el personal de las instituciones de salud involucrado en la práctica de la interrupción del embarazo y los agentes del Ministerio Público que reciban las denuncias por estos hechos.

Como se trata de normas de carácter penal, la sentencia tuvo efectos retroactivos en beneficio de las procesadas o sentenciadas por este delito.

Asimismo, la Sala continúa estudiando casos a nivel estatal, el último de estos fue abordado en octubre pasado, cuando declaró inconstitucionales diversos artículos que criminalizan el aborto en el estado de Chihuahua, pero no ordenó al Congreso Local su derogación.

La Sala solo se pronunció por amparar a una mujer para que no se le apliquen los artículos 143, 145 y 146, fracción I, del Código Penal para la mencionada entidad.

Durante la sesión, los ministros no aprobaron los efectos propuestos por Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien planteó ordenar al congreso estatal derogar los artículos antes de que finalizara el periodo ordinario de sesiones, como había sucedido en precedentes, donde los casos fueron llevados a la Corte por asociaciones civiles.

rar 

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.