La Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana buscan establecer un acuerdo para gestionar ante las autoridades competentes, las solicitudes de pre liberación de personas sentenciadas, con el fin de identificar casos de personas en prisión preventiva así como aquellas que fueron víctimas de tortura durante el proceso penal.
De ser publicado dicho acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, la Segob tendrá que coordinar y dar seguimiento a las acciones que las instancias de seguridad pública, prevención y reinserción social de la administración pública federal realicen.
También tendrá que crear el comité de carácter permanente y obligatorio, el cual deberá de estar integrado por servidores públicos adscritos a la Segob y la SSPC. Dicho comité tendrá que dar seguimiento a la implementación de dicho acuerdo.
Además, la Segob tendrá que promover e impulsar ante los gobiernos de entidades federativas los mecanismos de colaboración que sean necesarios para que promuevan y lleven a cabo las medidas establecidas para otorgar la amnistía.
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Ambas secretarías deberán coordinarse para que en el ámbito de sus respectivas facultades analicen las bases de datos de personas privadas de la libertad que sean adultas mayores, que cuenten con sentencia ejecutoriada, obtener su liberación por criterios de política penitenciaria.
También tendrán que revisar la información e identificar aquellos casos en los que existan personas que hayan sido víctimas de tortura, de acuerdo con el protocolo de Estambul, de los que se desprenda que con dicha violación se obtuvo la única prueba incriminatoia en su proceso penal y que las partes legitimadas promuevan ante las autoridades judiciales competentes las medidas pertinentes para la liberación de personas.
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Identificar aquellos casos en prisión preventiva que exceda los dos años, así como a las personas adultas mayores de setenta años que se encuentren en prisión preventiva y hayan sufrido consecuencias graves en su persona, senilidad, precario estado de salud, o algún caso en el sea notoriamente, innecesaria e irracional la imposición de una pena privativa o restrictiva de libertad.
Dicho acuerdo se encuentra en revisión en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, pero de ser publicado en el Diario Oficial de la Federación, entraría en vigor el día de su publicación y dentro de un plazo no mayor a tres días hábiles, la Segob instalará el comité de análisis.
DMZ