El Senado aprobó en lo general con 110 votos a favor y cero en contra la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas y por el que se crea el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas como un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa.
El documento se envió a la Cámara de Diputados con correcciones técnicas.
Además, se abroga la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y precisa que el Instituto reconoce a los pueblos y comunidades originarias y afromexicanas como sujetos de derecho público.
El documento destaca que el objetivo de ese organismo es definir, normar, diseñar, establecer, ejecutar, orientar, coordinar, promover, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para garantizar el ejercicio e implementación de los derechos de estas comunidades, así como su desarrollo integral, sostenible, fortaleciendo sus culturas e identidades.
Entre sus atribuciones y funciones estará definir los lineamientos normativos que permitan conducir y orientar las políticas públicas; aprobar y participar en la formulación, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos que realicen las dependencias, garantizando la transversalidad institucional, la interculturalidad y la pertinencia económica, social, cultural, política, lingüística y de género.
Además, se crean Centros Coordinadores de Pueblos Indígenas en las comunidades, para promover y ejecutar las medidas pertinentes y necesarias para la defensa e implementación de los derechos, así como su desarrollo integral y sostenible.
El Instituto participará con los lineamientos emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la formulación de proyectos de presupuesto consolidados para los pueblos indígenas; así como gestionar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar los recursos presupuestales para garantizar el reconocimiento e implementación de sus derechos y desarrollo integral, intercultural y sostenible.
OVM