Por unanimidad el Pleno del Senado de la República aprobó la convocatoria a una elección extraordinaria de una fórmula de senadores de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión en el estado de Tamaulipas.
Lo anterior, por el deceso el 8 de octubre pasado del morenista Faustino López Vargas, senador suplente de Américo Villarreal Anaya y la decisión de este último de optar por el encargo de gobernador de esa entidad, por lo que se elegirá un propietario y un suplente para la vacante.
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La convocatoria avalada por 75 votos a favor, establece que la jornada comicial de la elección extraordinaria se celebrará el domingo 19 de febrero de 2023, conforme a lo dispuesto por la Constitución Política, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley General en Materia de Delitos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y las disposiciones de la presente convocatoria.
Se elegirá una o un senador propietario y una o un senador suplente, quienes deberán reunir los requisitos señalados en los artículos 55 y 58 de la Constitución Política y cumplir con lo dispuesto por los artículos 10 y 11 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
La calificación, cómputo y declaratoria de la elección de senadoras o senadores por el estado de Tamaulipas, se realizará de conformidad con las disposiciones federales en materia electoral correspondientes.
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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), conforme a lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, ajustará los plazos previstos por la ley para que la realización de la elección extraordinaria convocada por este decreto, se efectúe en la fecha indicada con la finalidad de procurar la austeridad en el empleo de los recursos materiales y humanos correspondientes a este tipo de ejercicios democráticos.
El INE, en el ámbito de sus atribuciones, dispondrá lo necesario para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto.
Quien encabece la fórmula y obtenga la constancia correspondiente, una vez concluido el proceso electoral extraordinario, rendirá la protesta como senadora o senador de la República ante el pleno de la Cámara de Senadores.
Las o los senadores, propietario y suplente, que resulten electos concluirán su periodo constitucional al finalizar la LXV Legislatura delCongreso de la Unión.
SJHN