En vísperas de la marcha del domingo y el paro nacional para el 9 de marzo, el Senado aprobó en comisiones reformas a diversos ordenamientos por los que se sancionará hasta con 7 años de cárcel a quienes ejerzan violencia política contra las mujeres, como impulsar “juanitas”.
En sesión de comisiones de Equidad y Género, de Estudios Legislativos Segunda y Gobernación, encabezadas por los morenistas Malú Micher, Ana Lilia Rivera y Cristóbal Arias se presentó el dictamen que se pretende llevar al pleno el martes junto con otros setenta que fueron votados este miércoles.
“A ver equipos, veamos redacciones y antes del lunes, porque el nueve, nadie se mueve”, pidió la morenista Micher Camarena al concluir la sesión, en la que se modificaron la leye General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el paquete de legislación electoral, Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Con modificaciones, se aprobó garantizar la participación de mujeres y hombres en igualdad de condiciones en los procesos internos de los partidos políticos para la elección de candidatas y candidatos en procesos electorales.
Se determinó que los partidos deberán organizar procesos internos para seleccionar y postular candidatos en las elecciones, garantizando la participación de mujeres y hombres en igualdad de condiciones, en los términos de esta ley y de las leyes federales o locales aplicables, para que de esa manera quede especificado y no sea un concepto ambiguo.
En la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se redefine la violencia política contra las mujeres en razón de género, para busque evitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos electorales de una o varias mujeres a su libre acceso de derechos en la función pública, tanto para una precandidatura, candidatura o cargo público.
Serán sancionadas con entre dos y siete años los delitos de incumplimiento de las disposiciones vigentes, restringir o anular el derecho al voto, ocultar información, omitir las convocatorias para el registro de candidaturas; proporcionar a las mujeres que aspiran o ocupan un cargo de elección popular información falsa o incompleta que impida su registro.
Además de proporcionar datos falsos a las autoridades administrativas; obstaculizar la campaña para que el proceso no se desarrolle en condiciones de igualdad; difundir o distribuir propaganda política que dañe, degrade, calumnie a una candidata.
Difamar, calumniar o injuriar u organizar cualquier expresión que denigre y descalifique a una candidata, así como información sobre su vida privada que las ofenda, discriminación por razón de embarazo donde no se valide la licencia de maternidad, entre otras conductas nocivas que se enlistan para que sean castigadas.
Con información de Silvia Arellano
jlmr