Claudia Sheinbaum respondió a Estados Unidos (EU) con una doble reforma constitucional para proteger la soberanía ante la designación “no consultada con México” de los cárteles de la droga como organizaciones terroristas: “Esta no puede ser una oportunidad por parte de EU para invadir la soberanía”.
Así, la Presidenta de México firmó el decreto que modificará los artículos 40 y 19 no sólo para blindarse ante la medida de su homólogo, Donald Trump, también para garantizar “la pena más severa posible” y prisión preventiva oficial a quien atente contra la soberanía nacional.
“¿Qué quiere decir? Colaboramos. Nos coordinamos. Trabajamos juntos, pero no hay injerencismo. No hay violación a la soberanía”, atajó en la Mañanera del Pueblo, anunciando a su vez que su gobierno ampliará la demanda contra armerías estadounidenses.
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¿Qué se necesita para aprobar las reformas?
Avalada por el artículo 71 constitucional, la Jefa del Ejecutivo enviará las propuestas de reformas al Congreso de la Unión para ser discutidas y eventualmente votadas. Debido a la naturaleza del asunto, la cámara de origen será la de Senadores.
Una vez presentado proyecto el presidente, en este caso Gerardo Fernández Noroña, lo turnará inmediatamente a las comisiones correspondientes (Defensa Nacional, Relaciones Exteriores, Puntos Constitucionales, etc) a fin de analizarlo y realizar un dictamen; el cual se hará válido con la mayoría de votos de sus integrantes, para así pasar a discutirse en el Pleno— cuya siguiente sesión está programada para el 25 de febrero— .
Si un artículo o un grupo de artículos del proyecto de reforma es rechazado en el Pleno, deberá regresar a la Comisión para reelaborar y volver a presentar en la siguiente sesión. Cabe señalar que al tratarse de una reforma constitucional se requiere el voto de las dos terceras partes del quórum, es decir, la mayoría calificada.
En caso contrario avanza a la cámara revisora, que será la de Diputados, para su discusión y aprobación que, de ser avalada, pasa a la última fase del proceso. Al respecto, el diputado Ricardo Monreal adelantó:
"Nosotros avalamos. La mayoría legislativa respalda esta iniciativa (...) Le daremos la prioridad que requiere. Siempre la urgencia que nos motiva a declarar prioritaria una reforma es la defensa del país. Sí es prioritaria".
Es ahí cuando la Presidenta sancionará (acto de aceptar una iniciativa), dispondrá el proyecto para promulgarse como ley y se culminará con su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿Cómo quedarían los artículos?
La primera modificación expuesta por Sheinbaum pone sobre la mesa agregar dos párrafos al Artículo 40, de tal manera que se especifique:
- La no aceptación de intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la Nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea ésta por tierra, agua, mar o espacio aéreo.
- El rechazo a cualquier intervención en investigación y persecución sin la autorización y colaboración expresa del Estado Mexicano.
En tanto para el artículo 19 se propone agregar a su segundo párrafo que cualquier extranjero que “realice actividades al margen de la ley” vinculadas a las modificaciones del párrafo 40 será acreedor de “la pena más severa posible, así como la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa”. La sanción también aplicará para nacionales y extranjeros involucrados en la fabricación, distribución, enajenación, traslado o internación de manera ilícita de armas.
ASG