Sheinbaum publica en DOF reformas a Ley de Amparo; entran en vigor este viernes

El dictamen fue aprobado en lo general por el Senado con 82 votos a favor y 38 en contra por parte de la oposición.

La oposición ha acusado retroactividad en la Ley de Amparo. | Archivo.
Ciudad de México /

La presidenta Claudia Sheinbaum publicó esta jueves las reformas y adiciones a la Ley de Amparo. 

En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), se dio a conocer el decreto para que entre en vigor este viernes 17 de octubre.

“Se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa”, dice el documento.

Consulta AQUÍ la publicación en el DOF 

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El miércoles por la tarde, el Senado avaló en lo general con 82 votos a favor y 38 en contra por parte de la oposición y apenas siete horas después de recibir la minuta de la reforma a la Ley de Amparo por la Cámara de Diputados, sin pasar por comisiones.

Únicamente discutió los cambios hechos por la colegisladora a los artículos 128 y 129 del dictamen y el tercero transitorio, con el objetivo de aplicar la reforma a las etapas siguientes de los juicios de amparo iniciados previamente.


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Senado aprueba reforma; la oposición acusa retroactividad.

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La oposición acusó que se mantuvo la retroactividad y advirtió que es una reforma regresiva, al acusar que limitará los derechos ciudadanos para protegerse de las arbitrariedades del poder.

En tanto, el senador por Morena, Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia, explicó que con los cambios hechos por los diputados, se atajó el tema de la retroactividad.

En este contexto, quedaron derogadas todas las dispocisiones contrarias al decreto y quedó firme el polémico tercer artículo transitorio.

“Al tratarse de una ley procesal, las etapas procesales concluidas que generen derechos adquiridos a las partes se regirán por las disposiciones legales vigentes al inicio de los procesos respectivos.
“Por lo que hace a las actuaciones procesales posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto, de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se regirán por las disposiciones de este Decreto, sin que implique aplicación retroactiva ni afectación a derechos adquiridos, pues se trata de actuaciones futuras”, dice el documento.

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IOGE 

  • Pedro Domínguez
  • pedro.fajardo@milenio.com
  • Reportero de MILENIO desde 2010. Viajo, leo y siempre quiero fumar menos. Hoy cubro Presidencia, mañana quién sabe.

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