Sheinbaum violó la ley al apoyar a Américo Villarreal en contienda por Tamaulipas: TEPJF

Se impuso una multa por 9 mil 622 pesos a la jefa de Gobierno, al gobernador constitucional y a los partidos que integran la coalición.

La jefa de Gobierno acompañó a Américo Villarreal en sus cierre de campaña en mayo. | Especial
Rafael Montes
Ciudad de México /

La jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, sí violó el artículo 134 constitucional al apoyar indebidamente al candidato de Morena, Partido Verde y Partido del Trabajo a la gubernatura de Tamaulipas, Américo Villarreal, en un mitin celebrado el 22 de mayo.

Así lo confirmó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al ratificar la sentencia emitida en octubre por la Sala Regional Especializada, instancia que determinó que Sheinbaum vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad del proceso electoral en Tamaulipas.

En el proyecto presentado por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera en sesión pública, la Sala Superior apoyó la argumentación de que la participación de Sheinbaum Pardo “implicó un beneficio electoral indebido para Américo Villarreal Anaya y los partidos que lo postularon en la figura de candidatura común, Morena, Partido Verde Ecologista y Partido del Trabajo”.

La sentencia de la Sala Especializada había sido impugnada por Villarreal, ante lo que la Sala Superior aseguró que “no asiste razón a los recurrentes, puesto que lo denunciado se estudió correctamente y sí se actualiza la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda electoral, atribuida a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, tal como lo argumentó la Sala Especializada”.
Consideró que “se consideran infundados, inoperantes e ineficaces los motivos de disenso de la parte recurrente porque el estudio que llevó a cabo la responsable respecto de los hechos denunciados se apega a derecho, a la línea jurisprudencial y a los criterios vigentes que esta Sala Superior ha emitido respecto a la participación de los servidores públicos en eventos proselitistas y a la tutela de los principios de neutralidad e imparcialidad que deben regir la actuación de las personas en el servicio público y los comicios, así como la responsabilidad indirecta de las personas candidatas y los partidos políticos que las postulan”.

En la sentencia de la Sala Especializada se determinó que al no existir elementos de prueba de los que se desprenda el uso indebido de recursos públicos, “se determinó la inexistencia de esa infracción y en consecuencia, se puso una multa por la cantidad de 9 mil 622 pesos a la jefa de Gobierno, al gobernador constitucional y a los partidos que integran la coalición”.

ROA

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