Urgen elegir magistrados anticorrupción de Peña

Si el Senado rechaza las propuestas, será AMLO quien envíe nuevos perfiles y justifique su idoneidad.

Sesión ordinaria del Senado de la República (Cuartoscuro)
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un tribunal federal ordenó al Senado continuar con el proceso de designación de los 18 magistrados anticorrupción propuestos por el entonces presidente Enrique Peña Nieto, por lo que deberá determinar si reúnen el perfil para ocupar y ejercer el cargo.

​En caso de que el Senado rechace total o parcialmente las designaciones propuestas el 24 de abril de 2017, el presidente Andrés Manuel López Obrador deberá realizar el nombramiento de los magistrados que integrarán la Tercera Sección y las cinco salas especializadas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Para ello, López Obrador tendrá que justificar el perfil de cada una de sus propuestas y enviar la designación al Senado, o en sus recesos a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión para su ratificación. Si son rechazados, el Presidente procederá a la designación y nombramiento definitivo.

MILENIO tuvo acceso a la sentencia emitida por el décimo tribunal colegiado en materia administrativa, órgano que concedió un amparo al Comité de Participación Ciudadana del sistema anticorrupción, quien impugnó la omisión del Senado de ratificar o rechazar a los 18 magistrados nombrados por Peña Nieto.

El tribunal ratificó la sentencia emitida por el juzgado octavo de distrito en materia administrativa, que consideró que el comité tiene facultades para solicitar que se continúe con el proceso de designación, luego de que la pasada administración federal argumentó que los ciudadanos no estaban legitimados para solicitarlo.

En la sentencia se menciona que el juez de primera instancia ordenó a Peña Nieto justificar la idoneidad de las personas designadas, pero el ex presidente solo se limitó a resumir el currículum de los aspirantes.

El tribunal indicó que para que el Ejecutivo someta a determinadas personas con el propósito de nombrarlas como magistrados, y cumplir con el principio de transparencia, no basta transcribir el currírulum vitae o la experiencia profesional.

“Es necesario transparentar y justificar su idoneidad, para lo cual es indispensable detallar pormenorizadamente por qué tienen los méritos suficientes, la calidad profesional y ética para acceder al cargo, máxime que están llamados a fungir como jueces en materia de responsabilidades administrativas y en relación a la corrupción gubernamental”, subraya la sentencia.
“En ese orden, es posible determinar en la especie que la omisión de desplegar los actos necesarios para consolidar el nombramiento y ratificación de los magistrados que integrarán la Tercera Sección y las cinco salas especializadas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, incide en la operatividad del sistema anticorrupción”.

En el fallo se menciona que el juez de amparo señaló que existe preocupación por varios sectores de la academia y del periodismo acerca del nombramiento de personas ligadas o afines a ramas políticas (“cuotas y cuates”), en diversas instituciones del país y, particularmente, en el Poder Judicial y que ha existido el riesgo de que las ramas políticas designen a personas afines a los sujetos controlados en lugar de personas que han demostrado plena autonomía, capacidad ética y profesional en el ejercicio de sus funciones.

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