Plantean aumentar pena por lesionar o matar a peatón si se va a exceso de velocidad

Con una iniciativa en el Congreso de Tamaulipas se busca considerar la culpa grave en estos accidentes viales.

El atropellado fue trasladado al hospital. Foto: Agustín Martínez.
Edith Álvarez
Tampico /

En el Congreso de Tamaulipas se analiza una iniciativa para aplicar un castigo más severo por homicidio y lesión a peatón. La reforma busca modificar el Código Penal para considerar la culpa grave en los casos de homicidio y lesiones.

El documento fue presentado por la bancada del Partido Acción Nacional (PAN), donde se señala que el exceso de velocidad, es uno de los mayores problemas de seguridad vial, y un factor determinante en alrededor del 30 por ciento de los accidentes mortales. Asimismo, entre el 40 y 50 por ciento de los conductores, conducen más rápido de lo que recomienda el límite de velocidad.

¿Cuál es el límite de velocidad?

Esto dice la ley

Los artículos 120 y 121, del Reglamento de Tránsito de Tamaulipas, establecen que la velocidad máxima permitida en la ciudad, será de 40 kilómetros por hora.Mientras que la velocidad máxima será de 20 kilómetros por hora, por donde se encuentren escuelas, lugares de espectáculos o centros de reunión.


El diputado Francisco Garza de Coss, quien presentó la iniciativa, indicó que ha recibido diversas peticiones de personas que han sido víctimas directas o indirectas, de accidentes viales, quienes le han solicitado que se apliquen penas más severas, a las personas que conducen con exceso de velocidad y resultan responsables de diversos delitos, como lo es, por ejemplo: homicidio y lesiones.

“Ya que han tenido la experiencia que para poder acceder a la reparación del daño, han tenido que demandar por la vía civil, lo que dicen, les revictimiza, en virtud de ocasionarles un desgaste emocional, así como daños a su economía, pues se ven obligados a contratar a Profesionales del Derecho para presentar la demanda ante el Juzgado Civil correspondiente”.

Actualmente, en el Código Penal de Tamaulipas en el Capítulo 2 “Delitos Culposos”, el artículo 318 señala que por motivo del tránsito de vehículos se cometa un delito culposo, se seguirán las siguiente regla:

Si se comete por conductores en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes u otras substancias que produzcan efectos similares, la sanción será de:
  • Tres a ocho años de prisión, si del hecho resulta la muerte de una o más personas.
  • Dos a seis años de prisión si del hecho resultan lesiones.
  • Dos a cuatro años de prisión si sólo se causa daño en propiedad ajena

Estas serían las causas para aplicar el castigo máximo

Con la iniciativa se propone considerar la culpa grave en los casos de homicidio y lesiones, si se cometen con motivo de la conducción de vehículos en estos cuatro supuestos:

  • El exceso de velocidad, en más de 30 kilómetros por hora del límite establecido para la zona en donde ocurrió el accidente vial.
  • Circular en sentido contrario o invadir zonas peatonales.
  • En zonas concurridas como mercados ambulantes, peregrinaciones, manifestaciones, zonas escolares, a consecuencia o de acciones u omisiones graves.
  • Cuando el presunto responsable se niegue a proporcionar una muestra de orina, sangre o aire aspirado en el alcoholímetro para medir el porcentaje de alcohol y examen toxicológico.

La reforma que buscar adicionar el artículo 73 Bis al Código Penal de Tamaulipas será analizada en Comisiones y después pasada el pleno legislativo.



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