Congreso de Tamaulipas aprueba la Ley Olimpia

Por unanimidad, diputados aprueban reformas para erradicar la violencia contra las mujeres en el estado, con el objetivo de incorporando la violencia digital.

La Ley Olimpia busca sacionar a quines compartan contenido sexua a través de internet sin consentimiento de la persona. (Cuartoscuro)
Edith Álvarez y Erik Eduardo Saldaña
Tamaulipas /

El Congreso de Tamaulipas aprobó reformas a la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres y el Código Penal del estado, para castigar la violencia digital contra la mujer y la difusión de fotografías íntimas de mujeres sin su consentimiento, situaciones contempladas en la llamada ‘Ley Olimpia’.

En la sesión de este jueves, los diputados locales aprobaron los dictámenes que se elaboraron el pasado 15 de septiembre en Comisiones del Poder Legislativo.

Primero, los legisladores aprobaron adiciones al Capítulo IV Bis denominado “Violación a la Intimidad” al Título Duodécimo del Libro Segundo; así como el artículo 276 Septies; un párrafo tercero, recorriendo el subsecuente, al artículo 306; el Capítulo I Ter denominado “Ciberacoso” al Título Décimo Octavo del Libro Segundo; y el artículo 390 Ter, al Código Penal para el Estado de Tamaulipas.

Con el capítulo “Violación a la intimidad”, cometerá este delito el que revele, difunda, publique o exhiba mediante correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o por cualquier otro medio, imágenes, audio o video de contenido íntimo, erótico o sexual de una persona, sin contar como el consentimiento de la víctima.

Otra reforma fue a la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres en el Estado, con el objetivo de incorporando la violencia digital


La violencia digital la describen "como cualquier acto que se presenta a través de las tecnologías de la información y comunicación, mediante la divulgación sin consentimiento, de textos, audios, vídeos u otras impresiones gráficas, de contenido íntimo, erótico o imágenes sugerentemente sexuales, verdaderas o alteradas, ya sean propias o de otra persona, que cause daño o perjuicio y que atenta contra la integridad y dignidad de las mujeres".


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