Corte niega amparo a trabajador que fue despedido por tatuarse suástica

Esta persona recibió quejas porque algunos de sus compañeros de trabajo eran judíos y se sentían ofendidos, agredidos o violentados por el tatuaje.

La Corte le negó un amparo a una persona que se tatuó una suástica en el cuello y fue despedido | José Antonio Belmont
José Antonio Belmont
México /

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar a una persona que exigía una indemnización a la empresa que lo despidió por tener un tatuaje en el cuello de una cruz esvástica, asociada al nazismo.

Durante la sesión de este miércoles, la Primera Sala del máximo tribunal del país aprobó por unanimidad el proyecto de la ministra Norma Piña en el que determinó que, en nuestro ámbito cultural, la suástica “representa un discurso de odio racista (antisemita)”.

De acuerdo con los expedientes, desde el primer día, esta persona recibió quejas porque algunos de sus compañeros de trabajo eran judíos y “se sentían ofendidos, agredidos o violentados” por el tatuaje.

No sólo eso, el dueño de la empresa también era judío “y tenía convicciones muy definidas sobre ese tema”.

En la compañía le pidieron que ocultara o borrara el tatuaje para poder permanecer en su cargo como jefe de facturación. Él se negó.

“Se rescindió el contrato, previa liquidación, por lo que el quejoso firmó la renuncia y finiquito respectivos”, detalla el expediente de este amparo.

Enseguida decidió demandar a la empresa por daño moral con el argumento de se trató de un acto de discriminación por portar un tatuaje.

Aseguró que afectó bienes jurídicos de su personalidad, “pues le causó molestia, confusión, contrariedad, y en general, afectación a sus sentimientos”.

Por lo que le exigió a la empresa ser indemnizado.

Dicha compañía sostuvo que el símbolo asociado al nazismo que tenía tatuado, “representaba una expresión antisemita que significaba odio y rechazo por la comunidad judía, y que tal imagen generaba una afectación a la dignidad de las personas empleados y directivos pertenecientes a dicha comunidad”.

La ministra Piña resolvió darle la razón a la empresa descartando el argumento de discriminación y resolviendo que la suástica “representa una apología al odio o discurso de odio racista (antisemita)”.

“Las medidas adoptadas por la empresa frente a la dignidad humana y seguridad de sus empleados y directivos fueron válidas, razonables y proporcionales.
“De modo que no pueden ser constitutivas de un acto de discriminación contra el quejoso. De ahí que no se configura la acción de responsabilidad civil intentada para obtener una indemnización por daño moral”, expone el proyecto de la ministra Piña.

​bgpa

LAS MÁS VISTAS