García Vilchis buscó victimizar a Morena al criticar cobertura en elecciones: TEPJF

La sentencia exhorta a García Vilchis a apegarse al modelo de comunicación política del país, sin emitir posicionamientos políticos.

Ana García Vilchis, la encargada de la sección de noticias falsas, en La Mañanera (Cuartoscuro)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

La Sala Especializada lanzó un exhorto a Ana Elizabeth García Vilchis porque en su sección “quién es quién en las mentiras de la semana” y con uso de recursos públicos, buscó “poner como víctima” a Morena al juzgar la cobertura periodística del proceso electoral; por lo que la mañanera deberá eliminarse; el presidente Andrés Manuel López Obrador y el Órgano Interno de Control deben amonestar al vocero Jesús Ramírez y al director de Cepropie; y además, se multó a Morena con 17 mil pesos.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el 7 de julio, en la sección “quién es quién”, la coordinadora de Redes de Comunicación Social de la Presidencia de la República, Ana Elizabeth García Vilchis, emitió posicionamientos políticos en los que buscó “poner a Morena como víctima” por una supuesta campaña de notas negativas por parte de los medios de comunicación durante el proceso electoral, lo que implicó uso indebido de recursos públicos y desapego al modelo de comunicación política del país.

En esa conferencia, García Vilchis expuso el informe que el entonces representante de Morena ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, Sergio Gutiérrez Luna, presentó como una supuesta campaña de los medios de comunicación para emitir notas negativas, acusando directamente a Multimedios, Radio Fórmula, Televisa, Tv Azteca, Grupo Imagen, Heraldo, MVS y varios locutores de estas cadenas.

La magistrada Gabriela Villafuerte expuso que García Vilchis buscó poner a Morena como víctima y emitió posicionamientos de juicio político, acusando a un locutor de haberse ensañado contra un partido político, todo, desde un espacio gubernamental con uso de recursos públicos.

“Dijo que un caso que sí se ensañó y refirió que había un ensañamiento contra Morena, ya no hay solo una exposición de número sino un posicionamiento para darle una cualidad a ese tipo de manifestaciones. Vemos que se habla con una posición personal e incluso como parte de ese partido político, dice que ‘eso es violatorio de derechos humanos, que es una carga constante de mentiras, estamos hablando que la afectación que tuvo Morena fue por la cantidad de notas negativas’ y eso es una apreciación de valor.
“Dice que ‘produce odio porque no tiene qué ver con periodismo objetivo y no es asunto de ellos’, es decir, de Morena ‘porque afortunadamente tienen comunicación con el pueblo'. Es decir, pone a Morena como víctima en esta narrativa para que pueda crear adeptos, que se solidaricen con ese trato desmedido o fuera de lugar o con mentiras contra el partido político”.

El magistrado Luis Espíndola, ponente del proyecto, detalló que además, el 7 de julio “no había terminado el proceso electoral porque el proceso electoral termina cuando concluyen las tomas de protesta, los hechos nos indican que el proceso electoral seguía en curso”.

El proyecto indica que “la adquisición indebida de tiempos en radio y televisión, en el proyecto se propone darlo por acreditado en lo que hace al presidente de la República y la funcionaria adscrita a la dirección de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República, puesto que las manifestaciones realizadas en la sección ‘quién es quién en las mentiras de la semana’ tuvieron como finalidad posicionar frente a la opinión pública, el postulado de que la labor periodística dentro de las campañas tendió a favorecer a Morena frente a otras opciones política, haciendo uso para ello de un canal de comunicación gubernamental y en atención a dichas manifestaciones se difundieron a través de radio y televisión, lo que se tradujo en un beneficio para dicho partido político”.

Agrega que se da por actualizada la infracción a Morena y se le impone una multa por 17 mil 924 pesos porque “omitió deslindarse de las expresiones vertidas a su favor”, y se acreditó la responsabilidad del vocero Jesús Ramírez y el director de Cepropie por “materializar la difusión y omitir la implementación de medidas idóneas” para no replicar estas violaciones.

Además, se acreditó el incumplimiento a la pauta ordenada por el INE por lo que se sancionó a las emisoras del Sistema Público de Radiodifusión del Estado una multa por 4 mil 481 pesos al omitir difundir un promocional pautado para mantener esta sección.

El proyecto ordenó dar vista al Presidente de la República y al Órgano Interno de Control de la Oficina de Presidencia para que sancione al vocero de la Presidencia y al director de Cepropie; que se elimine de sus cuentas oficiales, Twitter, Facebook, YouTube, Spotify y medios oficiales las expresiones de la conferencia del 7 de junio; y emitir un exhorto a Vilchis, Jesús Ramírez y Erwin para que observen en todo momento los principios y reglas del modelo constitucional de comunicación política de nuestro país.

Rubén Lara Patrón, magistrado presidente de la Sala Especializada votó en contra del proyecto al solo estar de acuerdo en que no existió promoción personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador y las concesionarias incumplieron en la pauta.

Sin embargo, consideró que “no creo que se haga un llamado a votar a favor o en contra de alguna fuerza política”.


LG 

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