TEPJF confirma improcedencia de impugnación contra Samuel García

Morena quiso impugnar el cómputo de la elección a la gubernatura de Nuevo León, la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría a Samuel García.

Samuel García, gobernador electo de Nuevo León. Foto: Especial.
Rafael Montes
Ciudad de México /

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León con la que se desechó, por extemporánea, la impugnación de Morena contra el cómputo de la elección a la gubernatura de Nuevo León, la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría a Samuel García.

Por unanimidad de votos, los magistrados ratificaron la decisión del tribunal electoral local, con lo que la inconformidad de Morena quedó desestimada.

Morena presentó inicialmente su demanda ante la Comisión Estatal Electoral de Nuevo León, a pesar de que esa no era la autoridad competente para resolver el asunto.

Al llegar al tribunal local, el recurso fue desechado por haberse excedido el plazo para la impugnación.

Tribunal ordena justificar y evaluar nuevamente sanción impuesta a MC por propaganda con menores de edad

Asimismo, la Sala Superior también revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, con el fin de que justifique y evalúe nuevamente la sanción impuesta a Movimiento Ciudadano (MC) por la publicación de imágenes y videos en los que aparecen menores de edad en redes sociales de su entonces candidato a gobernador, Samuel García.

El Tribunal local también deberá determinar si existió reincidencia.

En sesión pública virtual, los magistrados de la Sala Superior consideraron que el tribunal local no fundó de manera suficiente por qué una conducta que se calificó como una actitud intencional, considerada grave ordinaria —como fue la de Samuel García al usar imágenes de menores de edad para propaganda— amerita la misma sanción que una conducta omisiva y por falta de cuidado, como fue la de Movimiento Ciudadano.

Consideraron que a pesar de que MC fue culposo y faltó a su deber de cuidado, el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León decidió multar al partido con 4 mil 481 pesos, es decir, le impuso una sanción idéntica a la que se estableció para Samuel García, pero en el caso del candidato por una conducta dolosa.

Al revocar la sentencia del tribunal local, le ordenaron que, con libertad de jurisdicción, vuelva a calificar la infracción cometida por Movimiento Ciudadano e individualice la sanción que corresponda, decisión que debe fundarse y motivarse en el tipo de conducta cometida.

El Tribunal federal también determinó que son válidos los planteamientos de Morena en torno a que se debe analizar una posible reincidencia de uso de imágenes de menores de edad para propaganda político-electoral por parte de Movimiento Ciudadano y su entonces candidato a la gubernatura de Nuevo León.

La Sala Superior concluyó que el tribunal local no tomó en cuenta que durante el proceso electoral 2020-2021 existen cuando menos ocho sentencias dictadas por ese mismo órgano en contra de MC y su candidato a la gubernatura, en las que se les han impuesto sanciones por el uso de imágenes de menores de edad en publicaciones de redes sociales.

JLMR

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