TEPJF confirma que Morena no renuncie a su financiamiento público, como determinó INE

La Sala Superior confirmó la decisión del INE debido a que no hay justificación legal para atender la petición del partido político.

El partido político ha solicitado en dos ocasiones devolver su financiamiento público. (Archivo/TEPJF)
Rafael Montes
Ciudad de México /

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la negativa expresada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) a la petición del partido político Morena de renunciar y devolver su financiamiento público ordinario, para ser destinado a la compra de vacunas contra la covid-19.

En sesión pública, los magistrados de la Sala Superior atendieron la impugnación presentada por Morena contra la determinación del INE y confirmaron la decisión del INE, debido a que no hay justificación legal para atender la petición del partido político.

A propuesta del magistrado Indalfer Infante, el pleno de la Sala Superior confirmó el acuerdo impugnado, pues estimó que la norma constitucional señala que los partidos están obligados a destinar el financiamiento que reciben atendiendo a los fines para los cuales se les entrega.

El partido político ha solicitado en dos ocasiones devolver su financiamiento público.

Primero, el partido requirió al INE la cuenta para devolver 200 millones de pesos para que fuesen utilizados para la adquisición de vacunas contra la covid-19.

Después, Morena pidió al INE retener el 100 por ciento del financiamiento público que le correspondía en el mes de diciembre de 2021.

En ambas ocasiones, el INE respondió negativamente a la petición de Morena, con el argumento de no es posible devolver el monto del financiamiento público asignado ya depositado y que antes de que se destinara el dinero a la compra de vacunas, se necesitaba deducir lo correspondiente a las sanciones aplicadas al partido.

La autoridad electoral administrativa nacional sostuvo que, si el partido político quería aportar para las vacunas, entonces debía sujetarse al procedimiento previsto para ello.

La resolución de tribunal destacó que el INE no cuenta con facultades para recibir financiamiento público para actividades ordinarias que ya entregó y tampoco cuenta con las facultades para destinar recursos que reciba de partidos políticos para cualquier finalidad que estos soliciten, por relevante o necesaria que parezca.

“En ese sentido, permitir que el INE acepte la devolución de las prerrogativas mensuales que se otorga a los partidos políticos podría poner en riesgo el cumplimiento de sus fines”, destacó el tribunal.


EHR

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