PES difundió mensajes ofensivos contra mujeres y comunidad LGBTQI+: TEPJF

El Tribunal Electoral confirmó que Encuentro Solidario usó recursos públicos para discriminar a las mujeres que deciden abortar y a las personas del mismo sexo que contraen matrimonio o adoptan.

En el caso del aborto, el PES busca mostrar a las mujeres como débiles y sensibles, explica el proyecto. | Facebook
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concluyó que el Partido Encuentro Solidario (PES) mantuvo una campaña con mensajes "discriminatorios, impertinentes y ofensivos" en contra de las mujeres que deciden abortar, la comunidad LGBTQI+ y las personas del mismo sexo que contraen matrimonio o llegan a adoptar, pues fomentaron estereotipos y rebasaron los límites de la libertad de expresión.

El PES impugnó la sanción de la Sala Regional Especializada en la que determinó sancionarlo porque incurrió en uso indebido de la pauta por usar contenido discriminatorio en contra de las mujeres y parejas del mismo sexo.

El partido alegó que en los promocionales “por la vida y la familia”, “no al aborto”, “somos la voz de la familia” y “castiguemos a quien atente contra ella”, no existía discriminación en prejuicio de las mujeres ni se afectaban los derechos sexuales o reproductivos de ellas; al igual que en el spot “solo una y uno”, se trataba de su libertad de expresión y de visión partidista sobre la vida y la familia.

Sin embargo, en ambos proyectos presentados por el magistrado Felipe Fuentes se concluyó que este partido rebasó los límites de libertad de expresión y sus mensajes no se justifican en una estrategia político-electoral, por lo que confirmaron las multas impuestas de 89 mil pesos cada una.

“Lo cierto es que las expresiones se ubican en un contenido de posición del partido, sin embargo, las frases ‘defendemos el valor de la vida’ y ‘nos oponemos a que las personas del mismo sexo puedan adoptar’, recae en actos de discriminación”, indicó el magistrado.

En su proyecto destacó que en el caso del aborto, busca mostrar a las mujeres como débiles y sensibles, refuerzan estereotipos de género y son impertinentes, pues incluyen frases ofensivas para las mujeres que deciden abortar.

“Aunque el solo mensaje genera un estereotipo de género, las otras imágenes refuerzan los estereotipos y son impertinentes, además que incluyen frases ofensivas para las mujeres que deciden abortar. Que quienes optan por el embarazo crecen de virtud y crean en el imaginario que la decisión es brutal y que es realizada sin remordimiento, lo que denota corrección moral de lo que deberían ser las conductas femeninas de aceptar la maternidad”.

La magistrada Janine Otálora destacó que lo más grave es que es un caso de “entes que ejercen recursos públicos, que no deberían ser utilizados para difundir mensajes que basados en el sexo, género o preferencias sexuales de las personas condicionen los derechos de construir un proyecto de vida digna a partir de sus aspiraciones y expectativas”.

Por lo que dejó claro que la libertad de expresión u ofertas políticas no pueden basarse en discriminación o expresiones de categorías sospechosas o prohibidas en los tratados internacionales.

La magistrada Mónica Soto propuso incluir un manual de buenas prácticas para que el Instituto Nacional Electoral (INE) lo aplicara y definiera cuáles eran los temas que los partidos no podían promover en sus spots, por ser discriminatorios, ofensivos o violatorios de los derechos humanos o lo establecido en la Constitución. Sin embargo, fue rechazado por considerar que se trataría de censura previa, además de que el INE ya tiene lineamientos similares.

Por lo que finalmente se confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada en donde también se desató un debate al aprobar este proyecto, pues la magistrada Gabriela Villafuerte argumentó que el PES era reincidente y estaba emitiendo mensajes de odio, por lo que pedía aplicarles las multas máximas de casi medio millón de pesos, pero sus compañeros lo rechazaron y mantuvieron los 89 mil pesos.

JLMR

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