TEPJF emite sentencias por WhatsApp, pero algunos aplican el visto

Las sentencias del Tribunal Electoral innovaron para resolverse con votos virtuales, pero que no precisamente garantizan inmediatez.

No son directamente cada una de los magistrados los que emiten su voto en este chat. | Diseño: Mauricio Ledesma
Jannet López Ponce y
Ciudad de México /

En tiempos de pandemia y trabajo a distancia, la justicia se adaptó a llegar por WhatsApp. Las sentencias del Tribunal Electoral innovaron para resolverse con votos virtuales, pero que no precisamente garantizan inmediatez, pues como en cualquier chat, conforme ha pasado el tiempo, algunos integrantes ya se dan el lujo de aplicar el “en visto”.

Es el “chat de instructores” que administra el secretario General de Acuerdos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Rodrigo Sánchez Gracia.

No son directamente cada una de las y los magistrados los que emiten su voto en este chat, sino como su nombre lo indica, este chat está integrado por las y los instructores de las siete magistraturas del Tribunal Electoral. Son sus representantes quienes se encargan de comunicar sus votos.

En esta modalidad, además de que las sesiones no son presenciales, los votos se dan en manera privada y pocas veces se informa lo que ahí se resuelve. Están establecidas en el Reglamento Interno en temas generalmente relacionados con medidas cautelares emitidas por el Instituto Nacional Electoral y que requieren celeridad para resolverse, ya sea confirmando o negando la decisión, pero sin tener que esperar a que el pleno se reúna, se enliste el asunto y se resuelva de manera pública cada miércoles.

El reglamento en su artículo 12 contempla que estas sesiones privadas también pueden darse en temas relacionados con cuestiones incidentales, en facultad de atracción, acuerdos generales de delegación, conflictos o diferencias laborales, apelaciones administrativas, opiniones solicitadas por la Suprema Corte, asuntos generales, acuerdos de Sala o conflictos competenciales.

Sin embargo, aunque podría creerse que este tipo de votaciones garantizan inmediatez como su esencia reglamentaria lo indica, algunas magistraturas y sus equipos han hecho que el objetivo se vaya perdiendo. Pues como en cualquier otro chat, pueden dejar en visto no sólo por horas sino por días.

MILENIO confirmó que el chat funciona de la siguiente manera: una magistratura circula su proyecto como en sesión pública, lo coloca en el chat para que el resto de sus pares lo revise y emita su voto, todo, a través de su instructor o instructora.

El problema, se centra en que tampoco existen reglas claras para este método. Pues la normativa no estipula tiempos de votación, por lo que nadie tiene obligación de responder de manera inmediata o en un plazo específico para que se pueda emitir una sentencia.

Por ejemplo, el caso más reciente de mayor prolongación, fue la sentencia para lanzar un apercibimiento a la Junta de Coordinación Política de la Cámara de diputados con el que le ordenó incluir de manera inmediata a Movimiento Ciudadano en la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña incluso hizo público su proyecto el 3 de junio, misma fecha en que lo circuló con sus pares, pero la sentencia se logró hasta el 8 de junio cuando concluyó la votación.

Integrantes del chat confirmaron a MILENIO que en esa ocasión, el retraso se debió a que la magistrada Mónica Soto y el magistrado José Luis Vargas, los únicos que además rechazaron el proyecto, se tomaron más de cuatro días para emitir su voto en contra. Los equipos de estas dos magistraturas, son los que más tardan en notificar cuál es el sentido de su voto.

El reglamento tampoco indica que se pueden determinar ausencias para emitir una sentencia como en el caso de las sesiones públicas donde se dan resoluciones “con votación de los presentes”.

Con la misión de volver la justicia más virtual, el Tribunal Electoral deberá garantizar que estas modalidades no sólo abonen en la comodidad de las magistraturas para no sesionar de manera presencial a una hora y día específico, sino que se traduzcan en justicia efectiva, pronta y expedita, como aspira el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón en su proyecto de reforma interna que está en marcha.

Reglamento interno establece asuntos a resolver sin citar a sesión pública: TEPJF  

Al respecto, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) detalló que el artículo 12 de su reglamento interno establece que se podrán resolver sin citar a sesión pública las cuestiones incidentales, el ejercicio de la facultas de atracción, la emisión de acuerdos generales de delegación, los conflictos o diferencias laborales de su competencia, la apelación administrativa, las opiniones solicitadas por la Corte, los asuntos generales, los acuerdos de sala y los conflictos competenciales.

En una carta firmada por el director general de Comunicación Social del máximo órgano electoral, José Luis Alcudia, explicó que los asuntos que se resuelven sin cita a sesión pública y decisión colegiada se aprueban, por su celeridad, en cualquier día y hora de modo virtual, inclusive cuando las magistraturas se encuentren desempeñando una comisión nacional o internacional.

Precisa que, si bien, la normatividad no establece plazos de resolución, este tipo de asuntos se resuelven sin citar a sesión pública por la celeridad con que se pueden resolver y la posible urgencia al tratarse de medidas cautelares; sin embargo, por las magistraturas emitir su voto exige el análisis completo y exhaustivo de las propuestas.

También señala que el Tribunal Electoral emite sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y con absoluta independencia judicial, tutelando en todo momento el derecho humano de acceso a la justicia.

ledz

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