Morena deberá pagar 144 mil 330 pesos y su presidente nacional, Mario Delgado, 57 mil 732 pesos por uso indebido de la pauta, al difundir promocionales en radio y televisión, con los que buscó promover el voto a favor de la permanencia del presidente Andrés Manuel López Obrador en la consulta de revocación de mandato.
La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió como existente la vulneración por parte de Mario Delgado a la restricción de que la revocación de mandato únicamente podía ser promovida y difundida por el Instituto Nacional Electoral, y a la prohibición de que los partidos políticos y sus dirigentes intervinieran en este ejercicio ciudadano.
Los spots “México nos necesita” contenían equivalentes funcionales de “una inequívoca a la ciudadanía para promover la participación ciudadana y votar en favor de que no se revocara el mandato al actual titular de la Presidencia de la República”.
Los magistrados aprobaron multas económicas y amonestaciones públicas a varias concesionarias que incumplieron la medida cautelar del Instituto Nacional Electoral que ordenó, a través de la Comisión de Quejas y Denuncias, la suspensión de este promocional por buscar dirigir el voto de la ciudadanía.
Sheinbaum vulneró imparcialidad por promover obras en Chapultepec
La Sala Especializada resolvió un asunto más en contra de la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, esta vez, por promocionar el proyecto del Bosque de Chapultepec buscando la aceptación de la ciudadanía en periodo prohibido por estar en curso la revocación de mandato.
El PRD denunció a Sheinbaum por la propaganda sobre las obras en el Bosque de Chapultepec “con el propósito de generar una aceptación o simpatía con la gente que se ve beneficiada con ese proyecto, con lo cual, vulneró los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad".
“Se resuelve que Claudia Sheinbaum Pardo, jefa de Gobierno, es responsable por difundir propaganda gubernamental en periodo prohibido del proceso de revocación de mandato y por vulnerar los principios de imparcialidad y neutralidad”, declaró la sentencia.
Por lo que ordenaron dar vista al Congreso de la Ciudad de México para que indague y la amoneste como su superior jerárquico.
Se descartó promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos “porque aunque se hizo referencia al nombre y cargo del Ejecutivo Federal, no se exaltó su figura ni se le atribuyeron logros ni proyectos de gobierno, ni se comprobó que usara recursos públicos”.
Batres exaltó cualidades y obras de AMLO en periodo prohibido
Los magistrados presentes en la Sala Especializada también confirmaron infracciones electorales del secretario de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres, por publicaciones en Twitter en los que promovió obras de los gobiernos federal y capitalino sabiendo que la ley se lo prohibía.
En el ámbito federal, promovió el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, la refinería de Dos Bocas, obras de trenes, camiones, universidades “y afirmó que con ello, el Ejecutivo federal está construyendo México, por tanto, las publicaciones constituyen difusión de propaganda de programas sociales y logros de gobierno con la intención de generar simpatía o adhesión de la ciudadanía, además de que exaltan al Presidente de la República en una fecha previa ala jornada de votación de la revocación de mandato, de manera que se presume su intención de incidir o influenciar en la voluntad de los participantes a su favor, con lo que vulneró los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad”.
En el ámbito local, la sentencia concluyó que se “Se actualiza difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, promoción personalizada y vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad porque el 16 y 17 de marzo implicaron anuncio de programas sociales de la Ciudad de México, relativos a cuotas condominales diferenciadas y excepción de impuestos para nuevas micro impuesto”.
Vocero de Morena en el Senado realizó publicaciones indebidas
En otro caso, declararon la inexistencia de ilícitos por parte de Ignacio Mier y otros legisladores de Morena, pero consideraron que difundió publicaciones con propaganda gubernamental indebida, pero se comprobó que la responsabilidad fue del vocero del grupo parlamentario en el senado, David Motolinía, quien la Contraloría Interna y la Mesa Directiva deberá sancionar.
“Se trata de propaganda gubernamental en periodo prohibido porque se difundió ante la ciudadanía los beneficios que se podían obtener de dos iniciativas que tienen relación con el derecho a la salud, así como apoyos económicos para personas adultas mayores y con discapacidad, lo que constituye la exposición de acciones y planes de las diputaciones federales de Morena en su labor parlamentaria. Además, en ella se recalcó el compromiso con diversos sectores de la sociedad”.
Sin embargo, descartaron promoción personalizada porque “aunque se inserta el nombre e imagen de dos diputaciones federales no se hizo referencia clara o expresa al proceso de revocación de mandato ni se desprende acción o manifestación de promoción individual”.
En otro caso similar, se denunció un comunicado de respaldo al Presidente de la República en el micrositio y perfil de Twitter del grupo parlamentario en los que “advirtió la promoción y exaltación de logros del gobierno federal, así como logros y promesas del grupo parlamentario de Morena”.
Por lo que “se actualiza la difusión de propaganda gubernamental prohibida y la violación al principio de imparcialidad y neutralidad así como el uso indebido de recursos públicos, pues se usaron recursos humanos y materiales para al difusión de actividades, siendo que el comunicado, dada sus características no constituye una de ellos, por lo que se atribuyó al vocero del grupo de morena al ser la persona responsable de dar las instrucciones para la difusión del comunicado”.
En todos los casos, las personas sancionadas serán inscritas en el padrón de funcionarios públicos sentenciados por ilícitos electorales, sin que esto implique una sanción, pues la Sala Superior del TEPJF ha aclarado que se trata de un proceso de transparencia más que de una amonestación hacia los señalados.
JLMR