TEPJF: IECM debe confirmar legitimidad de quien entregue documentos básicos del PRD

Resolución no tiene impacto en el registro del PRD como partido local que quedó firme desde hace meses, se centra en trámites de documentos posteriores

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Ciudad de México. /

El Tribunal Electoral reiteró que el Instituto Electoral de la Ciudad de la México debe corroborar que los trámites y documentos que reciba para continuar con la formación del PRD como partido político local los entregue directamente la dirigencia, y rechazar aquellos promovidos por terceras personas.

Con esta decisión con tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocaron sentencias previas del Tribunal Electoral de la Ciudad de México y de la Sala Regional que ordenaron al IECM validar documentos que la Sala Superior ya había ordenado reponer, por haberlos entregado una tercera persona bajo la figura de “confianza legítima”.

Sin embargo, esta decisión es meramente dirigida a la entrega de documentos básicos y no implica retroceso alguno en el registro del partido local que el propio TEPJF ya dejó firme desde meses atrás.

El magistrado Felipe Fuentes, ponente del asunto, recordó que este tema viene de tiempo atrás, cuando la propia Sala Superior ordenó al Instituto Electoral local garantizar la personería y legitimación de quienes realizaran trámites a nombre del PRD, y quienes ahora pidieron que en los juicios se manejen como “dato protegido”.

Por lo que validó que el IECM haya ordenado reponer esa parte del proceso, posterior a la obtención del registro como partido local, tal y como el propio TEPJF se lo ordenó.

“La reposición, además, garantiza que las modificaciones a los documentos básicos, la emisión de reglamentos y la designación de representaciones ante la autoridad administrativa electoral se realicen por las personas facultadas, fortaleciendo la certeza tanto para la militancia, como para la autoridad registral.
“El proyecto no pone en riesgo la existencia del partido ni desconoce el dictamen de procedencia del registro que ya quedó firme. Lo que se revisa es la fase de cumplimiento de los requerimientos posteriores para asegurar que la adecuación de documentos básicos, la emisión de reglamentos y la integración de órganos directivos se produzcan por la dirigencia reconocida, garantizando así la autodeterminación partidista y la certeza registral”.

Por lo que, con los votos en contra del magistrado Felipe de la Mata Pizaña y la magistrada Mónica Soto, se ordenó “al instituto local que emita un nuevo acuerdo que valore, en su caso, lo presentado por la dirigencia legitimada”.

El magistrado ponente Fuentes Barrera insistió en que “la reposición ordenada por el Instituto local, lejos de vulnerar el registro, busca que las decisiones internas indispensables para culminar el procedimiento sean adoptadas por los órganos que están completamente legitimados, fortaleciendo así la autodeterminación y la certeza en la vida partidista”.

  • Jannet López Ponce
  • Reportera de Grupo MILENIO desde 2013. Especializada en periodismo político, electoral e inteligencia financiera. Premio Pantalla de Cristal al mejor reportaje con “Revolución feminista en la montaña” y nominación con “Ucrania, la huida”

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