TEPJF ordena al Congreso incluir a MC y al Grupo Plural en la Comisión Permanente

El proyecto concluyó que sí se violan los derechos político-electorales porque se obstaculiza el ejercicio del cargo.

Sesión de la Comisión Permanente del 25 de enero del 2022. | Especial
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

El Tribunal Electoral aprobó “evolucionar en su jurisprudencia” y por primera vez, intervenir en las decisiones internas del Congreso de la Unión al ordenarles que establezcan una normativa con la que integren en la Comisión Permanente a las senadurías del Grupo Plural y a las diputaciones de Movimiento Ciudadano, pues al excluirlas violan sus derechos políticos-electorales.

Después de que ayer MILENIO adelantó este proyecto, el presidente de la Cámara de Diputado, el morenista Sergio Gutiérrez Luna, remitió este miércoles por la mañana un escrito a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el que alegaba que este 25 de enero se cerraron los trabajos de la Comisión Permanente, por lo que este juicio se quedaba sin materia, lo que implicó un retraso de más de una hora en el inicio de la sesión pública.

El magistrado José Luis Vargas se manifestó en contra del proyecto y defendió el escrito del diputado de Morena, pero sus pares que votaron a favor dejaron claro que “no se trata de un acto en particular, sino de la actuación que se está llevando en seno de las Cámaras para integrarla” y “aún cuando se celebró ayer la última sesión, esto no se traduce en que los juicios queden sin matera”, pues lo que buscan es establecer reglas que respeten la representatividad de todas las fuerzas políticas y legisladores sin partido o independientes.

Desde el Senado, Nancy de la Sierra Arámburo y Alejandra del Carmen León Gastélum, y los senadores Germán Martínez, Emilio Álvarez Icaza y Gustavo Madero, del llamado Grupo Plural; y desde la Cámara de Diputados, Ivonne Ortega y Jorge Álvarez, de Movimiento Ciudadano, interpusieron un juicio electoral tras haberlos excluido de la Comisión Permanente.

El proyecto concluyó que sí se violan sus derechos político-electorales porque se obstaculiza su ejercicio del cargo, pues la Comisión Permanente es de tal relevancia que puede incluso llevar al nombramiento del titular del Ejecutivo Federal, en lo que se les está excluyendo, pues en el caso del Senado, su reglamento interno sólo considera a aquellas senadurías con partido político.

Vargas acusa afectación a división de poderes 

Primero, el magistrado Vargas acusó directamente a su par ponente Felipe de la Mata Pizaña de contradecir sus votos y criticó que el proyecto se envió de último momento ayer por la noche, cambiando radicalmente la propuesta original la cual proponía desechar las demandas, y acusó que lo que el ponente llama “una nueva interpretación” es una afectación a la división de poderes y al respeto a las competencias de cada uno.

Recordó que en el juicio 186 de 2020, en un caso similar, el PRD alegó ser incluidos en la Comisión Permanente y se determinó desechar el caso “y el magistrado ponente Felipe de la Mata Pizaña votó en ese sentido”, por lo que contradijo que ahora se hable de afectación de derechos cuando “llevan tres años ejerciendo su función como legisladores”.

Después, Vargas acusó a De la Mata de buscar una sentencia que favorece a los senadores que hoy impugnan, así como a Movimiento Ciudadano.

“Creo que hay que decirlo con todas sus letras, decir que este caso es distinto me parece un tanto falaz, en caso de que por mayoría aprueben este criterio, el apartarse de la jurisprudencia, pues a mí no me quedaría más que sentir o pensar que se está generando una sentencia ex profeso a los nombres que aquí vienen impugnando. Y se me tendrá que explicar en lo sucesivo cuál es la diferencia y cuándo aplicará el derecho electoral y cuándo el derecho parlamentario”.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera explicó el caso del PRD y el de ahora son distintos, pero lo que se busca es la aplicación progresiva de los derechos y “superar un enfoque de invulnerabilidad absoluta y eso no significa que estemos invadiendo competencias, significa que le estamos dando fuerza a la Constitución”, por lo que calificó esta sentencia como la “posibilidad de controlar los actos sin violar la ley”.

Indalfer Infante Gonzáles coincidió en que la idea es que se generen reglas claras de cómo obtener porcentajes de proporcionalidad las cuales permitan la representación no sólo de todas las fuerzas políticas sino de las candidaturas independientes o de aquellos que deciden dejar sus partidos, en lo que coincidió la magistrada Janine Otálora.

“En la protección de los derechos político-electorales de las minorías si se obstaculiza su función de control parlamentario, se afectan las funciones inherentes al cargo. Y esta decisión permite que todos los grupos minoritarios incluidos tengan una adecuada representación en la integración de los órganos competentes”.

El magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón concluyó sumándose al proyecto al insistir en que “aquí no se está discutiendo dejar atrás la separación de función de poderes, coincido en la relevancia de esa separación”, y en que “aún cuando la Comisión Permanente celebrara su última sesión ayer, esto no se traduce en que los juicios queden sin materia”.

El magistrado ponente De la Mata Pizaña consideró que su proyecto es una evolución clara en la línea jurisprudencial del TEPJF, pues recordó que hasta hoy, no existen vías para hacer válidos los derechos político-electorales ante decisiones de características parlamentarias; y omitió responder a las acusaciones del magistrado Vargas.

“No hay derecho sin acción. La Constitución no pasaría de ser algo más que un poema o una novela si no estuvieran los tribunales constitucionales disputados a hacerla valer e históricamente los actos parlamentarios no han sido sujetos de control constitucional”.

Por mayoría de votos, sólo con el voto en contra del magistrado José Luis Vargas y con la ausencia de Mónica Soto, la Sala Superior ordenó tanto a la Cámara de Diputados como al Senado que “establezcan en su normativa interna, un procedimiento y disposiciones para garantizar cómo un conjunto de senadurías independientes o sin grupo parlamentario, puedan integrar la Comisión Permanente y, en su caso, otros órganos legislativos, con base en el principio de máxima representación efectiva, sustentando en los criterios de proporcionalidad y pluralidad”.

“Éstas deberán ser aprobadas en el periodo ordinario de sesiones que da inicio el primero de febrero, de forma que sean aplicadas en el próximo receso del Congreso de la Unión. Esta normativa deberá ser emitida y aplicada para la próxima integración de la Comisión Permanente”.

JLMR

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