El Tribunal Electoral votará mañana un proyecto de la magistrada Janine Otálora que propone confirmar a Guadalupe Taddei como presidenta del Instituto Nacional Electoral y a Jorge Montaño como consejero, al concluir que el PAN parte de meras suposiciones, acusaciones genéricas y referencias legales incorrectas.
MILENIO tiene una copia del proyecto que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación votará en la sesión de este miércoles, en el cual se propone desestimar la impugnación del PAN y por el contrario, confirmar las designaciones, pues cumplen con todos los requisitos legales.
La magistrada recordó que en cuanto al proceso de insaculación y los perfiles de Taddei y Montaño, ya había determinado en una sentencia previa que el PAN no tenía razón, pues no impugnó el procedimiento establecido en la convocatoria cuando debió hacerlo, por lo que no podía buscar echarlo abajo una vez concluido el proceso.
En el caso de Taddei, primero, el PAN el incumplimiento del requisito previsto en el artículo 38 de la LGIPE y falta de idoneidad porque “no cuenta con cédula profesional con antigüedad de por lo menos cinco años, con la que acredite haber cursado alguna carrera a nivel licenciatura”.
Sin embargo, la magistrada exhibe una incorrecta lectura de la ley, pues nunca exige cédula profesional sino únicamente título profesional.
“Se parte de la premisa incorrecta de que es necesario contar con cédula profesional cuando la ley indica que se debe poseer 'título profesional de nivel licenciatura', sin que esté previsto contar adicional o exclusivamente, con la cédula profesional respectiva”.
El PAN también alegó falta de idoneidad porque no se garantizan los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.
Y acusa que “fue inexplicablemente calificada como perfil idóneo, lo que demuestra evidentes omisiones y falta de cuidado en la elaboración de la calificación del Comité Técnico, que faltó a la imperante y obligatoria necesidad de identificar vínculos evidentes con una fuerza política”.
Enlista las relaciones laborales y políticas de siete familiares de Taddei con Morena o el gobierno federal del presidente Andrés Manuel López Obrador, por lo que sostiene que “no cumple idoneidad por sus nexos con Morena que se constatan con las expresiones que connotados miembros de Morena tuvieron respecto de la insaculación y que demuestran la correspondencia ideológica y partidista, así como la preferencia que se tiene respecto de su perfil”.
Y resume que Guadalupe Taddei simplemente “no tiene autonomía ciudadana”, lo que la magistrada Janine Otálora calificó como “manifestaciones genéricas que constituyen meras suposiciones”, y sostiene que el PAN “es omiso en desarrollar con solidez las razones específicas, sustentadas en elementos probatorios pertinentes para demostrar que se conduciría de forma parcial y con falta de autonomía”.
Por lo que concluye que sí cumple con todos los requisitos para ocupar la presidencia del Instituto Nacional Electoral del INE.
Mientras que en el caso del consejero Jorge Montaño, originario de Tabasco, el PAN acusó que “el Comité Técnico realizó deficientemente su labor, ya que no advirtió que se desempeñó como titular de la Fiscalía de Delitos Electorales del Estado de Tabasco, y no se separó del cargo hasta el 31 de marzo de 2023, con lo que no se cumple la exigencia de separarse del cargo con cuatro años de anticipación al día de su nombramiento”.
Sin embargo, la magistrada advierte otra referencia incorrecta, pues en los supuestos de prohibición que marcan la ley no se encuentra la Fiscalía Especializada o subprocuradurías, sino únicamente la de haberse desempeñado como secretario de Estado, fiscal General de la República o procurador de Justicia de alguna entidad federativa, subsecretario u oficial mayor en la Administración Pública Federal o estatal, jefe de Gobierno del Distrito Federal, gobernador o secretario de Gobierno.
Montaño no ocupó ninguno de estos cargos, por lo que no existe la obligación legal de haberse separado con cuatro años de antigüedad, con lo cual, también se confirma su idoneidad y designación.
Con esta sentencia, quedaría cerrado el proceso de designación de la nueva presidencia y consejerías del INE, con lo que sería validada, en definitiva, la legalidad de los nombramientos y la integración del Consejo General del INE hasta el 2032.