Proyecto del TEPJF propone confirmar que llamarle ‘corrupta’ a Xóchitl Gálvez no fue calumnia

El Tribunal Electoral determinó la inexistencia de la calumnia denunciada.

Xóchitl Gálvez, ex candidata a la Presidencia, llega a las instalaciones del PAN. | Cuartoscuro
Rafael Montes
Ciudad de México /

Un proyecto de sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) plantea confirmar que las expresiones de Claudia Sheinbaum contra Xóchitl Gálvez, a la que llamó ‘corrupta’ en el segundo debate presidencial, no constituyeron calumnia.

El proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, difundido esta tarde, propone confirmar la sentencia dictada por la Sala Especializada, la cual resolvió que no existió agravio al llamar “corrupta” a la candidata presidencial opositora, por el contexto en el que se dieron tales expresiones, es decir, un debate, en el que puede haber réplica y contrarréplica.

El PAN impugnó una sentencia de la Sala Especializada dictada el 18 de julio en el que determinó la inexistencia de la calumnia denunciada y, en consecuencia, la inexistencia de la falta de deber de cuidado atribuible a los partidos de la coalición Sigamos Haciendo Historia, es decir, Morena, PT y Verde.

El blanquiazul y Xóchitl Gálvez denunciaron a Sheinbaum, ex candidata presidencial de la coalición Sigamos Haciendo Historia, por los señalamientos en los que atacó a Gálvez en el debate del 28 de abril.

Ese día, Sheinbaum dijo: “vamos a hablar del medio ambiente que supuestamente protege la candidata del PRIAN, la corrupta, vamos a decirle”.

“Fíjense, cuando fue titular de la Comisión Nacional de Pueblos Indígenas se aprobaron diez minas de cielo abierto en territorio indígena, sin ninguna consulta. Pero vamos a hablar más todavía de la 'priandilla inmobiliaria'.

Cuando fue jefa delegacional en la Miguel Hidalgo, aprobó esta plaza, tres pisos ilegales a cambio de contratos para sus empresas. Aquí la única que daña el medio ambiente y que extorsiona es la candidata del PRIAN, la corrupta”.

Otra expresión de la morenista fue: “La llamamos corrupta porque es corrupta”.

El proyecto de Rodríguez Mondragón argumenta que la prohibición de calumnia es aplicable a todos los supuestos en donde se proporcione información a la ciudadanía encaminada a cambiar las preferencias electorales, sin que exista la posibilidad real y efectiva de controvertir su contenido o la existencia de garantías de imparcialidad, lo cual no ocurre en un debate.

Explica que, en contraste, los debates presidenciales son ejercicios de información organizados por la autoridad imparcial que no pueden actualizar calumnia.

La propuesta afirma que en ese tipo de ejercicios “se debe maximizar la libre circulación de las ideas, particularmente en temas de interés general, y en que las y los participantes puedan replicar y contrarreplicar”.

Añade que en la naturaleza de un debate presidencial, resulta válido que se realicen manifestaciones que se conviertan en críticas a las otras candidaturas, pues de esa forma la ciudadanía obtiene información

necesaria para determinar el sentido de su voto; por lo anterior, es que se considera infundado el agravio.

Finalmente, considera que “el agravio es inoperante por ineficaz, ya que, con independencia de la veracidad de la afirmación, lo cierto es que no sería posible alcanzar la pretensión de la parte recurrente consistente en que se sancione a Claudia Sheinbaum y a los partidos que integran la coalición Juntos Haremos Historia”.


EHR

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