El magistrado Felipe de la Mata Pizaña presentó un proyecto a sus pares en el que propone revocar las medidas cautelares que el INE impuso al presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna; al representante electoral de Morena, el diputado Mario Llergo y el gobernador de Tabasco, Carlos Manuel Merino, por su asistencia al evento de Coahuila.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación hizo público el proyecto que circuló ayer del magistrado de la Mata Pizaña para votarse de manera privada vía WhatsApp, como MILENIO dio a conocer que se generan las sentencias sobre medidas cautelares del Instituto Nacional Electoral.
El pasado 20 de julio, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE acató la sentencia de la Sala Superior y corrigió la orden en contra de 30 personas servidoras públicas para que se abstuvieran de convocar, organizar y participar en eventos proselitistas masivos como los de Coahuila y el Estado de México, que podrían ser ilícitos si se confirma que son actos anticipados de campaña, pero que el TEPJF consideró que en 24 casos no estaba clara la justificación de la medida.
En la nueva resolución el INE retiró medidas cautelares para 15 funcionarios públicos, que incluyeron al presidente Andrés Manuel López Obrador, al canciller Marcelo Ebrard, y a los aspirantes a la gubernatura del Estado de México, tras reconocer que ni siquiera asistieron en el evento o no tuvieron una participación activa.
Y los confirmaron en nueve casos, de los cuales, impugnaron el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna; el representante de Morena ante el INE, el diputado Mario Llergo, y el gobernador de Tabasco, Manuel Merino.
El proyecto propone desechar las impugnaciones de la secretaria de Educación Pública y aspirante a la gubernatura del Estado de México, Delfina Gómez porque a ella se le retiraron las medidas cautelares, por lo que no tiene interés jurídico para impugnar a nombre de los afectados; así como la de la gobernadora electa, Marina del Pilar, pero por haberlo hecho de manera extemporánea y una más de Gutiérrez Luna, por duplicidad.
El proyecto concluyó que son fundados los agravios de Gutiérrez Luna, Llergo y Merino porque, en efecto, “no se advierte, ni siquiera de modo indiciario, una conducta antijurídica que justifique adoptar la medida preventiva”.
El magistrado coincide en que, si bien los dos legisladores y el gobernador estuvieron presentes en el evento de Coahuila y se les mencionó por su nombre, en realidad no tuvieron intervención o participación activa alguna e, incluso, no estaban en primera fila y asistieron en domingo, un día inhábil.
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Y aunque los servidores públicos de este nivel no tienen horario laboral, en el caso de los legisladores no faltaron a sus labores parlamentarias para asistir a un evento proselitista.
Por lo que concluyó que, “ante lo fundado de los agravios, ya que de un análisis preliminar no se advierte la existencia de alguna infracción que justifique la imposición de la medida preventiva, lo procedente es revocar, por cuanto a los actores en la materia de controversia, el acuerdo impugnado”.
El proyecto se encuentra en proceso de votación privada que, de aprobarse, implicaría un nuevo revés, en este caso para el Instituto Nacional Electoral, por tratarse ya de la segunda revocación sobre el mismo acuerdo, en espera de que la Sala Regional Especializada concluya si los eventos fueron o no actos anticipados de campaña.
LP