Por unanimidad de votos, el Tribunal Electoral confirmó la multa que el Instituto Nacional Electoral impuso al Partido del Trabajo por 119.8 millones de pesos, tras quedar comprobado que, con ayuda de María Guadalupe Rodríguez, directora de los Centros de Desarrollo Infantil (Cendis) y esposa del dirigente nacional del PT, Alberto Anaya, crearon un esquema de simulación para desviar recursos públicos de Nuevo León hacia el partido.
Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmaron que el PT incurrió en una violación por no rechazar aportaciones de un ente prohibido en los ejercicios del 2015, 2016 y 2017, pero además, de haberlo orquestado deliberadamente.
El 3 de septiembre, cuando después de casi cuatro años de investigación, el Consejo General del INE aprobó esta multa por 119.8 millones de pesos al comprobar que tras recibir depósitos del gobierno estatal de Nuevo León, María Guadalupe Rodríguez Martínez, entonces directora de los Cendis y esposa del dirigente nacional del PT, Alberto Anaya, los trianguló 59.9 millones de pesos mediante diversos cheques a Héctor Quiroz García, comisionado nacional del PT en Aguascalientes, quien, a su vez, los envió a Elsa Lilia Peinado, militante del PT y fundadora del Frente Popular Tierra y Libertad.
El PT impugnó la sanción ante el TEPJF alegando que el INE fue deficiente en la investigación, hubo falta de exhaustividad, deficiencia y poca certeza jurídica; sin embargo, los magistrados concluyeron que “la autoridad reunió y acreditó hechos indiciarios suficientes para que de manera lógica, racional, verosímil y debidamente concatenada se construyera una conexión racional entre la recepción de recursos y el hecho de que el partido político utilizó a Héctor Quiroz García y otros individuos como interpósitas personas para recibir los recursos del gobierno de Nuevo León”.
Aunque desde la sesión del Consejo General del INE el PT alegó que no existían pruebas de que el dinero finalmente hubiera sido utilizado de manera directa en el partido o en beneficio de éste, y que pudieron tratarse de acuerdos personales, estos argumentos tampoco fueron válidos.
“El Partido del Trabajo parte de la premisa equivocada, de que la autoridad debía acreditar el destino de los recursos recibidos porque, en realidad pierde de vista que la sanción que le fue impuesta se debió a la existencia de ingresos por aportación de persona prohibida mediante la instrumentación de un esquema de simulación, a través de interpósitas personas, lo cual se acreditó al develar una estructura organizativa entre distintos dirigentes y militantes del partido infractor”, concluyó la sentencia.
El PT deberá pagar la multa de más de 119 millones de pesos al INE tal como se estableció desde hace tres meses.
JLMR