Morena debe ser sancionado, pues sí incurrió en una violación por mantener la imagen de Félix Salgado Macedonio en promocionales de radio y televisión cuando el Instituto Nacional Electoral (INE) ya había cancelado su candidatura a la gubernatura de Guerrero, determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
El 13 de mayo, la Sala Regional Especializada multó a Morena con 224 mil 50 pesos por el uso indebido de la pauta al difundir la imagen de una persona que ya no formaba parte de la contienda electoral, pues dejó de ser candidato luego de sus omisiones en materia de fiscalización.
El proyecto detalló que Morena pautó promocionales del entonces candidato a la gubernatura de Guerrero, Félix Salgado Macedonio para el periodo del 21 al 31 de marzo, sin embargo, el INE decidió cancelar su candidatura el 25 de marzo y el partido mantuvo al aire estos promocionales, con lo que violentó el correcto uso de la pauta y se alejó de la certeza que se le debe dar a la ciudadanía para que emita un voto informado.
Morena impugnó esta resolución ante la Sala Superior, pero sus alegatos se declararon infundados, al confirmar que “se actualiza la infracción indebida porque la difusión del promocional no se ajustaba a las características de los mensajes en la pauta, ya que proyectaba a una persona que ya no tenía la calidad de candidato, por lo que se compare el criterio, por lo que quedo acreditado uso indebido de tiempo pautado en radio y televisión”.
El proyecto que elaboró la magistrada Mónica Soto confirmó la responsabilidad de Morena, pues “desde que se le notificó la resolución por parte del INE, el partido conocía en todos sus términos la cancelación de la candidatura registrada y no podía continuar en propaganda electoral en la que fuera identificable como candidato”.
Se confirmó la multa impuesta a Morena por 224 mil 50 pesos, así como la vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso, pues en uno de los promocionales aparece una adolescente, lo que podría constituir una vulneración al interés superior de la niñez.
JLMR