Contrario a lo propuesto por la magistrada Mónica Soto, la mayoría de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó aplicar el criterio de la alternancia de género para que una mujer ocupe la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de Puebla (IEEP).
En sesión pública de este miércoles, los magistrados debatieron sobre si era procedente ordenar al IEEP que designe a una mujer en su Secretaría Ejecutiva, uno de los cargos más relevantes en los institutos electorales.
De hecho, a nivel nacional, en el Instituto Nacional Electoral (INE), esa posición permanece con un encargado de despacho, debido a que la semana pasada, el Consejo General no llegó a un acuerdo para designar a un titular, precisamente por el debate y las diferencias de criterio relacionadas con la paridad de género.
Al votar en contra del proyecto de la magistrada Soto, el magistrado presidente de la Sala Superior, Reyes Rodríguez Mondragón, argumentó que más allá de la alternancia de género en la Secretaría Ejecutiva, la paridad de género se estaba cumpliendo en la integración total de la Junta General Ejecutiva del IEEP, que encabeza dicha Secretaría.
“La Junta General Ejecutiva se integra por una mayoría de mujeres. Son seis direcciones, cargos, los que integran la Secretaría Ejecutiva y cuatro de ellos son de mujeres, dos hombres y el secretario ejecutivo. Es decir, una mayoría de mujeres. Por eso, a mi consideración, digamos, ya se está cumpliendo el criterio general de que haya paridad en la Junta General Ejecutiva”, dijo Rodríguez Mondragón.
Además, el magistrado presidente recordó que ese mismo criterio ya había sido aplicado en un caso similar en el año 2020.
Con base en ese criterio, cinco de los siete magistrados votaron en contra de ordenar al IEEP que designara a una mujer en el cargo.
Únicamente el magistrado José Luis Vargas acompañó el proyecto de Soto.
Al exponer el caso, la magistrada propuso dar la razón a la quejosa, que impugnó el nombramiento de un hombre en ese cargo y la confirmación de la designación por parte del Tribunal Electoral de Puebla, con el argumento de que existe un sesgo que favorece a los hombres.
“Desde la existencia de dicho cargo, lo han ostentado ya tres hombres y una sola mujer”, expuso la quejosa en su argumentación.
Sin perspectiva de género
Al pretender revocar la decisión del tribunal local, Soto Fregoso expresó que esa autoridad en Puebla “inobservó su deber de juzgar con perspectiva de género al soslayar que, histórica y estructuralmente, a las mujeres se les ha relegado para ocupar la titularidad de la Secretaría Ejecutiva”.
Añadió que “la autoridad jurisdiccional no se pronunció, no mencionó, no hizo un análisis, una metodología de perspectiva de género, lo cual, no necesariamente nos lleva a que siempre se le de la razón a las mujeres, sin embargo, sí nos obliga a tomar en cuenta cuáles son los obstáculos o las circunstancias de cada uno de los casos que puedan tener un impacto diferenciado para hombres y para mujeres”.
Además, la magistrada recordó que “todas las autoridades administrativas, como jurisdiccionales, están obligadas a tomar medidas necesarias para materializar la reforma constitucional de la paridad en todo y no sea letra muerta lo establecido en la Constitución y en la cual, de manera general se dispuso a la paridad como un eje rector en la integración de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en los niveles federal, local y municipal, así mismo como en los órganos autónomos, como es el caso”.
En su proyecto, aseguró que “la alternancia de género en la designación de cargos unipersonales, como el que nos ocupa, es un mecanismo que dota de contenido al principio de paridad, lo hace posible, es una de las herramientas más seguras para poder hacer posible la paridad”.
Sin embargo, pese a sus argumentos, sus compañeros magistrados votaron en contra, a lo que la magistrada Soto solicitó una explicación y una argumentación, pues le sorprendió la decisión de la mayoría.
Incluso, recordó el caso de la quinteta del Instituto Nacional Electoral, en la que “todavía fuimos más allá, que costó una crítica importante a esta Sala Superior, por supuesto, para obligar que la presidencia del INE fuera sólo, o sea, la quinteta sólo para mujeres”.
El único que proporcionó argumentos para sostener el voto en contra fue el magistrado presidente, debido a que los otros cuatro ya habían emitido su voto.
MAT