El Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) determinó que la participación en Netflix de la presidenta municipal de Aguascalientes, Teresa Jiménez, no afecta derecho alguno, no genera daños irreparables en el proceso electoral, no incurre en promoción personalizada ni en actos anticipados de campaña, por lo que respaldó la exoneración del Instituto Nacional Electoral (INE).
En una sesión privada, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral acordaron respaldar el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE en el que los consejeros declararon improcedente la petición de Movimiento Ciudadano para adoptar medidas cautelares en contra de la funcionaria y ordenar la eliminación de su participación de una película disponible en Netflix.
En un comunicado, el TEPJF informó que en esta sesión a puerta cerrada, por unanimidad de votos determinaron que no existe elementos para señalar algún agravio, por lo que el INE actuó de acuerdo al criterio electoral aplicable.
Coincidieron en que los alegatos de Movimiento Ciudadano son infundados pues los 10 segundos en los que aparece la alcaldesa, “no afecta ningún derecho y no genera un daño irreparable al proceso electoral en curso; no hay elementos que determinen que la denunciada incurrió en realizar actos de promoción personalizada, debido a que durante su aparición en la escena no hizo uso de la voz y tampoco se hizo referencia al nombre y al cargo”.
Por lo que respaldaron no dictar medidas cautelares ya que no hay elemento alguno que justifique una violación electoral.
JLMR