TEPJF respalda expulsión de Quirino Ordaz del PRI por aceptar embajada de España

El magistrado Vargas acusó que el estatuto del PRI es inconstitucional, pues no pueden restringir el derecho de sus militantes para ocupar cargos públicos.

El ex gobernador Quirino Ordaz junto al presidnete López Obrador. | @QuirinoOC
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

Por indisciplina grave, el Tribunal Electoral confirmó la decisión del PRI de expulsar al ex gobernador de Sinaloa, Quirino Ordaz, tras aceptar la embajada en España y desobedecer las advertencias que le lanzó el partido para que rechazara esta oferta del gobierno morenista del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró infundadas las quejas del ex gobernador, quien impugnó la decisión de su partido de expulsarlo, pues coincidieron en que Ordaz “deliberadamente desobedeció” los llamados del partido para que se apegara a los estatutos, que impiden aceptar cargos en gobiernos de una fuerza política distinta al PRI.

El artículo 63 de los estatutos internos obliga a los priistas a “abstenerse de ocupar cualquier cargo, empleo o comisión pública alguna en gobiernos emanados de partidos distinto al Revolucionario Institucional”.

Por lo que el proyecto del magistrado Indalfer Infante Gonzáles, aprobado por mayoría de votos, consideró que los estatutos son claros y el ex gobernador decidió no acatarlos, con los que se trató de un acto de “indisciplina grave” al no apegarse a sus responsabilidades como militante priista.

“Los partidos tienen que cuidar que su ideología no se vea distorsionada por los actos de sus dirigentes y para ello establecen causas”, expuso el magistrado, quien consideró que la decisión del PRI es justificada “porque están dentro de los estatutos y son normas” para los militantes.

El magistrado José Luis Vargas no estuvo de acuerdo, pues acusó que la norma estatutaria del PRI es inconstitucional porque pretende estar por encima de los derechos marcados en la Constitución.

“Lo que está en juego es nada más y nada menos que el derecho constitucional a ejercer cargos públicos previsto en el artículo 35 de la Constitución Política mexicana. Me parece que los cargos en nada implica una especie de deslealtad a algún partido político o, en este caso, al Revolucionario Institucional
“Me pregunto si los partidos son entidades de interés público cuyo fin es generar condiciones para que exista un mejor gobierno y cargos debidamente representados, me parece que no debería ser incompatible y no resulta idónea dicha norma”, dijo.

Por ello, defendió que ningún partido puede restringir el derecho de ocupar cargos públicos y agregó que las embajadas no son de un gobierno o partido político en el poder, sino que son ratificados por una mayoría del Senado, por lo que las y los embajadores “se convierten en representantes del Estado mexicano”.

En esta postura coincidió únicamente la magistrada Mónica Soto, quien sostuvo que además, “la norma no prevé una consecuencia cierta de su incumplimiento ni mucho menos se prevé en alguna otra parte de los estatutos que ello conduzca directa y necesariamente a la expulsión”.

Sin embargo, el proyecto fue aprobado con el voto del resto de las magistraturas, por lo que de manera definitiva se respaldó que el PRI haya expulsado a Quirino Ordaz por desobedecer los estatutos internos del partido.


LP

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