Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral revocó la multa de 37 millones de pesos que el INE le impuso al Partido Verde Ecologista de México por presuntos cursos ‘fantasma’ que no comprobó, pero mantuvo firme la segunda multa por 23.5 millones de pesos por un caso similar pero enfocado a las mujeres.
El pasado 30 de enero, el Consejo General del INE impuso dos multas al PVEM por cursos que no capacitaciones que nunca pudo comprobar, una sobre temas políticos y otro dirigido a las mujeres militantes.
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El INE demostró incongruencias del partido, como que, de entrada, los cursos eran del ejercicio fiscal 2018 y justificó que los terminó hasta 2019, que no había evidencia documental de que sí se realizaron, que sólo se pudo identificar a la mitad de las personas que presuntamente asistieron y de éstas, la mayoría respondió con escritos idénticos, y que incluso algunas, ya habían fallecido.
Por lo que aplicó una multa por 37 millones 14 mil 526.40 pesos y otra por 23 millones 596 mil 800 pesos, ambas equivalentes al 200 por ciento de lo que habría gastado el PVEM en estos cursos que consideró que no pudo probar.
Sin embargo, la mayoría del Tribunal Electoral replicó que sí había evidencias de que el PVEM sí pagó por el curso de capacitación política (sobre la multa de 37 millones de pesos), y sólo porque el segundo caso es de capacitación a las mujeres, la magistrada Mónica Soto apoyó que sí se mantuviera firma la segunda multa por 23.5 millones de pesos.
El magistrado Felipe Fuentes defendió su proyecto con el que se perdonó la primera multa, argumentando que sí es válido que si un contrato inicia en un ejercicio fiscal termine en el siguiente, y acusó que el INE no logró probar ninguna ilicitud del PVEM.
“La autoridad no probó la existencia de conductas antijurídicas con la suficiencia que corresponde a los procedimientos sancionadores, y también, para mí, no se violentó de anualidad. De los elementos de prueba en ambos expedientes, desprendo indicios sobre la efectiva impartición de los cursos que la autoridad, desde mi perspectiva también, no logró desvirtuar.
“Está probado que el partido político contrató a un proveedor para la impartición de cursos; la existencia y objeto del proveedor no se cuestiona, pues se constató que éste tenía una oferta académica; la plataforma de los cursos fue efectivamente puesta en funcionamiento; existen elementos de material didáctico; existe contestación de un ponente que acompañó con la documentación que comprobaba su participación en el curso y hay un conjunto de personas que señalan que asistieron a los cursos”.
En contraste, la magistrada Janine Otálora que estuvo a cargo del proyecto relacionado con los cursos para mujeres, explicó todas las irregularidades encontradas por el INE y lamentó que se revocara la primera multa, pues esto generaba incentivos para que los partidos siguieran incumpliendo el correcto gasto de los recursos públicos.
“Validar esta interpretación sobre las cargas probatorias, conlleva el riesgo de distorsionar la eficacia de los procedimientos oficiosos que derivan de la revisión de informes de ingresos y gastos al generar incentivos perversos para los sujetos obligados en cuanto a que, la omisión de proporcionar documentación generará el beneficio que la autoridad no logre probar las irregularidades.
Con la votación del bloque mayoritario a favor del proyecto de Felipe Fuentes se condonó la multa de 37 millones de pesos, pero con el voto de Mónica Soto se queda firme la de 23 millones de pesos que deberá pagarse en los términos que aprobó el INE.
“En este caso, resulta preocupante, y aquí es donde el contexto y la visión del caso concreto con esta perspectiva de juzgar con lentes violeta es preocupante, pues que quede al descubierto que más de 11 millones 700 mil pesos dejaron de destinarse a la formación política de las mujeres, lo que se traduce en la reiteración de patrones que especialmente impiden su capacitación, su formación de liderazgo, su empoderamiento y lo cual lleva a su mayor o menor presencia en los espacios públicos de toma de decisiones”, justificó Soto en el segundo proyecto, a pesar de la similitud en las irregularidades señaladas por el INE en ambos casos.
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