Por omisiones, TEPJF revocó periodos de precampañas fijados por el INE

Pidieron al INE argumentar el porqué aplicó facultad de atracción de fechas ya establecidas por autoridades locales

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. (@TEPJF_informa)
Jannet López Ponce
Ciudad de México /

Por considerar que el Instituto Nacional Electoral (INE) cayó en omisiones y falta de fundamentación, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los cambios aplicados a los periodos de precampañas y de recolección de apoyo ciudadano de las candidaturas independientes para las elecciones del 2021.

El Consejo General aplicó la atracción de elecciones locales para homologar las fechas del proceso electoral 2020-2021 en un calendario que fue aprobado el pasado 26 de agosto, sin embargo, los magistrados consideraron que aunque el INE ha ejercido “de manera genérica” la facultad de atracción, no lo ha justificado pues si los Organismos Públicos Locales no tuvieran la posibilidad de establecer los tiempos de las elecciones de su localidad, tendría que ser una atribución del Congreso, a menos que exista una urgencia.

Por lo que consideraron que el INE debe fundamentar y motivar la decisión de atracción, “ya que no justificó debidamente la urgencia que se requiere para optar por el procedimiento expedito de atracción, previsto en el artículo 64 del Reglamento de Elecciones”.

Recordaron que esto se dio luego de que el 4 de agosto, cuatro  consejeros del INE solicitaron al presidente consejero Lorenzo Córdova coordinar lo necesario para someter a consideración del Consejo General el ejercicio de la facultad de atracción ante la existencia de fechas dispares para el desarrollo de las etapas de los procesos electorales y la necesidad de homologarlas, entre otras, para poder fiscalizar las precampañas antes del inicio de las campañas.

Lo que derivó a que el pasado 26 de agosto se aprobara el calendario del proceso electoral que prevé que las precampañas federales inicien anticipadamente el 23 de diciembre de 2020, en lugar de que comiencen la primera semana de enero de 2021, y que concluyan el 31 de enero de 2021 y el apoyo ciudadano de candidaturas independientes será del 3 de diciembre al 31 de enero.

A lo que el PRI presentó un recurso de apelación al argumentar que el INE no puede modificar directamente los plazos legales establecidos por los congresos locales, lo que fue respaldado por mayoría de votos por la Sala Superior del TEPJF.

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